Medio: El Diario
Fecha de la publicación: miércoles 07 de febrero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Según nuestra fuente, se presentaron varias iniciativas de revocatoria de forma individual. El objetivo era que una de estas sea aceptada y así fue porque lo único que se necesitaba era una nota que especifica a qué autoridad se pretende aplicar la revocatoria de mandato, una fotocopia de carnet de identidad y el Registro del Padrón Biométrico.
Como se cumplió este proceso, se da paso a la fase de habilitación de libros.
En este caso, “el promotor de la iniciativa ciudadana”, según la Ley 026 de Régimen Electoral, debe alcanzar la recolección de firmas y huellas del 30 por ciento del Padrón Electoral del municipio paceño en 90 días para que luego pase a la fase de revisión de la fidelidad de los registros.
La fase de verificación de datos tomará otros 60 días.
LA PRIMERA SOLICITUD FUE RECHAZADA
La primera iniciativa presentada al Tribunal Electoral Departamental (TED) La Paz contra el alcalde Luis Revilla y todos los concejales del municipio (Sol.bo y MAS) estuvo promovida desde una de las federaciones de juntas vecinales (Fejuve) La Paz, pero esta fue rechazada.
El rechazo fue por incumplimiento de requisitos formales, tomando en cuenta que cuando se requiere de forma colectiva los requisitos son más premiosos porque deben presentar personería jurídica, poder especial, un acta, voto resolutivo y otros.
Este mecanismo institucional está en el marco de la Constitución Política del Estado y de alguna forma ha organizado dentro del derecho ciudadano de elegir o cesar el mandato de sus autoridades, como lo explicó en su momento una de las autoridades electorales.