Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 06 de febrero de 2018
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Piden anular fallo de reelección de Evo por “fraude procesal”
El exmagistrado Zenón Bacarreza manifiesta que
fue “un error involuntario”. Los colectivos ciudadanos insisten en que
la resolución “debe quedar nula”.
Beatriz Layme / La Paz
Por existir un “fraude procesal”, organizaciones ciudadanas, mediante
memorial, piden al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) anular la
sentencia de la reelección indefinida, debido a que fue citada en otro
fallo, dos meses antes de ser emitida. Un exmagistrado manifestó
que fue “un error involuntario”.
“Con algunos grupos ciudadanos, defensores del 21F, estamos
presentando ante el TCP, en Sucre, la nulidad de la sentencia que da
luz verde a la reelección del presidente Morales por fraude procesal,
por existir vicios procesales”, informó Carlos Alarcón, abogado
constitucionalista, quien agregó que el memorial será entregado mañana.
El argumento para pedir la anulación de la sentencia de la reelección se respalda en dos fallos que suscribieron el año pasado los exmagistrados del TCP, Macario Lahor Cortez Chávez y Zenón Hugo Bacarreza Morales.
El primero es la sentencia 0996/2017 -S2 el 25 de septiembre de 2017,
que concede acción de amparo constitucional a favor de Samuel Doria
Medina. El segundo es la sentencia 084/2017, que habilita la
“reelección vitalicia”. La misma fue emitida dos meses después, el 28
de noviembre de 2017 (además de Cortez y Bacarreza, también firmaron
este último fallo otros cuatro tribunos).
Alarcón detalló que el 18 de septiembre de 2017 el MAS presentó un recurso ante el TCP solicitando habilitar al presidente Morales a los comicios de 2019. Siete días después, el 25 de septiembre de 2017, el TCP difundió un fallo a favor de Doria Medina, que cita la sentencia del 28 de noviembre, que da vía libre a Morales para ser candidato de por vida.
Adicionalmente, el constitucionalista mencionó que cuando fue emitida la
sentencia que favorece a Samuel Doria Medina, el recurso del MAS aún
no había sido admitido por el Tribunal Constitucional.
“...Se evidenció la omisión del control de convencionalidad que rige en nuestro ordenamiento jurídico, toda vez que, conforme expresó la SCP 0084/2017 de 28 de noviembre: ‘...este Tribunal, los jueces ordinarios y en fin todos los órganos del poder público tienen el mandato imperativo de proteger los derechos fundamentales, a través del control de constitucionalidad y convencionalidad, que no sólo alcanza a las normas infraconstitucionales, sino a la Constitución misma’”, se lee en la sentencia del TCP emitida en septiembre de 2017.
El exmagistrado Zenón Bacarreza aseguró -en conferencia de prensa- que
“por un error involuntario se consigna la fecha 25 de septiembre de 2017
(...), de tal modo que podemos mencionar que la sentencia emitida el
28 de diciembre de 2017 fue básicamente de carácter legítimo efectuada
por los magistrados suscribientes”.
Sin embargo, Beto Astorga, del colectivo ciudadano Otra Izquierda es
Posible, sostuvo que los justificativos “no valen”, por lo que el
fallo sobre la reelección “debe quedar nulo”, pues “los exmagistrados
fundamentaron una sentencia de septiembre con antecedentes de un fallo
inexistente, vulnerando los pasos legales, desconociendo el voto del
ciudadano”.
En criterio del dirigente de los cocaleros del Trópico de Cochabamba,
Leonardo Loza, aquellos son argumentos falsos de “algunos compañeros”
que no quieren que un campesino continúe gobernando al país.
“Si alguien ha visto como un engaño, un fraude, tiene todo el derecho y libertad de presentar las acciones que vea conveniente. La resolución del TCP de Sucre está en total vigencia, se respeta. Este 21 de febrero va a ser nuestro candidato oficial nuestro hermano Presidente”, manifestó Loza.
Punto de vista
Luis Vásquez Villamor Abogado constitucionalista
Cometieron delito de prevaricato
La sentencia emitida por los magistrados salientes del Tribunal
Constitucional Plurinacional son muestra de la manipulación grosera en
asuntos esenciales, jurídicos que comprometen a todos los bolivianos.
Un magistrado, más aún del Tribunal Constitucional, no se puede
equivocar, no puede cometer semejante error al redactar una sentencia,
pues al elaborar un fallo hacen una reconstrucción paso por paso del
caso para fundamentar su resolución.
Por lo tanto, se puede decir que los magistrados incurrieron en el
delito de prevaricato al emitir la sentencia sobre la reelección.
Esos errores que cometieron los magistrados del Tribunal Constitucional saliente no se pueden subsanar.
No conozco otros casos como éste, que una sentencia haga referencia a argumentos jurídicos de un fallo futuro.
Aquí se evidencia el sometimiento de magistrados al Ejecutivo para beneficiar a una persona.
Como dije anteriormente, en todos los casos, absolutamente en todos,
una autoridad judicial, un magistrado, un juez, analiza y evalúa a
detalle los casos; revisa cada expediente, cada documento presentado por
las partes, palabra por palabra para emitir un criterio final.
No se puede entender cómo las autoridades judiciales del Tribunal
Constitucional Plurinacional hayan emitido la sentencia que involucra a
Samuel Doria Medina en septiembre, respaldado en el fallo de la
reelección que presentó el Movimiento Al Socialismo (MAS) que recién
salió en noviembre de 2017, dos meses después.