Medio: ANF
Fecha de la publicación: miércoles 27 de febrero de 2019
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“En el caso que discutimos (repostulación sin límites del presidente Evo Morales) hemos puesto en vigencia un derecho humano que está establecido en el artículo 23 de la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, declaró el magistrado al programa Periodismo que Cuenta que se difunde en Sucre.
Ceballos respondió en esos términos cuando fue consultado que en otros casos la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dictado resoluciones en contra de los Estados, el magistrado dijo que “seguro ahí (en esos casos) se ha constado la flagrante violación de derechos humanos”, pero que no es el caso referido a la repostulación.