Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: lunes 05 de febrero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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La Federación Trópico-Centro Cochabambino ultima detalles de la movilización que recorrerá la ciudad también para rechazar las mentiras de la oposición.
El vicepresidente de las Seis Federaciones, Luis Veizaga, recordó a la radio estatal Patria Nueva que en el Congreso del MAS-IPSP en Santa Cruz, en 2016, se acordó buscar los mecanismos legales para que el presidente Evo Morales vuelva a ser candidato en las elecciones de 2019.
Así se logró que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) anule los límites a la repostulación de las autoridades nacionales y subnacionales.
Al respecto, el senador Rubén Medinaceli (MAS-ISP) explicó que el artículo 23 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) da una mayor amplitud del derecho al que se refiere el artículo 256 de la Constitución Política del Estado boliviano y que es aplicable al caso de la repostulación.
El artículo 256 de la CPE señala que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados, o a los que se hubiera adherido al Estado boliviano, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta.
El legislador sostuvo que ése fue el argumento presentado ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que declaró la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.