Medio: La Patria
Fecha de la publicación: domingo 17 de febrero de 2019
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Autonomía Indígena
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Según explicaron los expositores, este trabajo fue programado con el fin de que las autoridades originarias que recientemente ingresaron a su cargo en enero, conozcan y administren la justicia conforme sus competencias enmarcadas en la Constitución Política del Estado.
La actividad comenzó con la celebración de costumbres ancestrales, seguidamente los representantes del lugar dieron algunas palabras de agradecimiento y a la vez resaltaron la importancia de conocer las normas originarias que pueden ser ejecutadas por los "Tatas y las Mamas" (máximos representantes originarios).
Los expositores también señalaron, que la justicia indígena originaria tiene sus propias normas, usos y costumbres que están reconocidas en un rango constitucional, pero adecuadas según los usos y costumbres de cada marca o ayllu, por ello se debe tener una coordinación abierta entre las autoridades del lugar, los representantes del TCP y los miembros de la justicia ordinaria.
"El objetivo es fortalecer la justicia indígena originaria campesina dentro el marco de la justicia constitucional plural, propiciándoles herramientas y dándoles a conocer casos que se han resuelto en este ámbito, partiendo de la contextualización del modelo de Estado, el derecho de sus garantías constitucionales y principios para que a partir de eso enfocar lo que significa el tema de las jurisdicciones", indicó la magistrada del TCP por el departamento de Oruro, Georgina Anusquivar Moller.
Según explicaron los expositores, la jurisdicción indígena da la potestad de administrar e impartir justicia a las autoridades locales, conforme a sus normas y procedimientos propios, esta es reconocida y se somete a la CPE con igual jerarquía a la jurisdicción ordinaria y agroambiental. Teniendo así en el país estos tres tipos de justicia.
El deslinde jurisdiccional, es una norma de desarrollo dispuesta por la CPE en el marco de los artículos 90, 91 y 92, que establecen que la administración de justicia debe ser llevada en tres ámbitos, personal, material y territorial.