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Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: viernes 15 de febrero de 2019
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“Dependerá de la probidad y de la honestidad y de la valentía de este señor Juez que ha admitido el recurso contra todo pronóstico, porque (los demandantes) son activistas, no son gente de poder, son gente del pueblo que no han han presionado al juez”, dijo Dora Montenegro, una de las abogadas que impulsa la Acción.
El recurso fue presentado por María del Carmen Morales y otros miembros de plataformas, con el patrocinio del abogado Juan Carlos Díaz.
La Acción de Cumplimiento es contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), los mandatarios Evo Morales y Álvaro García Linera.
Según Montenegro, con esta Acción se pretende que las autoridades recurridas cumplan el artículo 7 de la CPE, el cual dispone que la “soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada”, pero además “es inalienable e imprescriptible”.
Explicó que la voluntad del pueblo se expresó en el referendo del 25 de enero de 2009, cuando por voto se aprobó la nueva Constitución, y se ratificó el 21 de febrero de 2016, cuando también en sufragio se ratificó el artículo 168 que limita a una la cantidad de reelecciones.
Mencionó que el Tribunal Constitucional no puede pasar por encima de la voluntad del pueblo que es “inalienable e imprescriptible”, puesto que ese principio del artículo 7 conforma la parte dogmática de la CPE y no puede ser vulnerada por un poder constituido -no constituyente- como lo es el TCP.
Zeballos admitió la demanda y fijó audiencia para el 13 de febrero, sin embargo, no se realizó al acto procesal al no haberse notificado a todas las partes.
Montenegro dijo que no se pudo notificar a todas las partes porque los demandantes son jóvenes que deben colectar recursos o sacarlos de su bolsillo para costear los actos administrativos, como fotocopias y mensajería y que ahora la nueva fecha de audiencia es el 19 de febrero.
Mencionó que la admisión de la Acción fue “contra todo pronóstico”, porque ya se había intentado antes plantear recursos, pero fueron rechazados por autoridades judiciales.
Aclaró que la admisión implica que se cumplió con requisitos de forma y fondo, pero aún no determina si hay materia justiciable, pero destacó que hasta ahora el juez actuó con probidad y conforme a Derecho.