Medio: El Día
Fecha de la publicación: miércoles 13 de febrero de 2019
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El 1 de febrero, la Comisión Interamericana de Derechos Humano declaró admisible la demanda del ciudadano Fabio Gadea Mantilla contra el Estado de Nicaragua por la reelección de Ortega. El mandatario nicaragüense apeló al artículo 23 de Pacto de San José de Costa Rica para poder habilitarse a los comisos presidenciales del 2011.
En tal sentido, en la carta que envió Mesa a la CIDH especificó: “de características similares al caso del Presidente Evo Morales de Bolivia, con el agravante en este segundo caso de que se dejó de lado la decisión constituyente del pueblo boliviano que votó por el NO en el Referendo del 21 de febrero de 2016”.
Asimismo, el presidenciable mencionó que en diferentes países de Latinoamérica se tergiversa la interpretación del apartado del 23 del convenio internacional mencionado, lo cual viola los derechos políticos de los ciudadanos de esas naciones.
“Esta decisión de la CIDH, si bien es significativa en el procedimiento sobre Nicaragua, no es suficiente para el caso de Bolivia, porque en octubre de este año se pretende consumar por parte del Presidente Evo Morales, de manera definitiva e irreversible, al forzar su candidatura presidencial inconstitucional y antidemocrática, un atentado a la democracia y la Constitución de Bolivia”, acotó.