Medio: Opinión
Fecha de la publicación: miércoles 23 de enero de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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"Estamos nuevamente afuera del Tribunal para notificarnos y que nos entreguen el documento oficial que establece la inadmisión de mi denuncia, necesitamos el documento para que lo pueda conocer todo el país y el mundo, y obviamente vamos a entregar a los organismos internacionales para que conozcan y sepan cómo trabaja el Tribunal Supremo Electoral y cómo aplica la Ley", afirmó.
El pasado lunes, el TSE, mediante un breve comunicado, dio a conocer que la Sala Plena "no tiene competencia para pronunciarse ante denuncias sobre estudios de opinión que no estén vinculados con el proceso de elecciones primarias, por tanto, no corresponde realizar la fiscalización sobre lo planteado en la denuncia" de Gutiérrez.
Este hecho generó la indignación del denunciante, que incluso horas después consideró como una "vergüenza" al TSE porque con su decisión "le ha dado al MAS un cheque en blanco".
El 27 de diciembre de 2018, el diputado Gutiérrez presentó la denuncia solicitando la inhabilitación del binomio oficialista, Evo Morales y Álvaro García Linera, y la cancelación de la personalidad jurídica del MAS por la "difusión ilegal de estudios de opinión".
El 10 de enero, la propia ministra de Comunicación, Gisela López, admitió que el Gobierno publicó la encuesta, aunque aseguró que "no viola norma electoral".
La Ley de Régimen Electoral, en su artículo 135, establece que se prohíbe la difusión de estudios de opinión en materia electoral cuando "hayan sido encargados, financiados o realizados por organizaciones políticas, candidaturas, misiones nacionales o internacionales de acompañamiento electoral y organismos internacionales".
Asimismo, remarca que se prohíbe su difusión cuando "hayan sido encargados o realizados por entidades estatales de cualquier nivel o financiadas con fondos públicos". Además, el artículo 136, referido a sanciones, determina que "las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica...".