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Medio: La Patria
Fecha de la publicación: sábado 19 de enero de 2019
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Renuncias y cambios de autoridades electas
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Según el reglamento interno, no hay especificaciones para la situación que atraviesa el ente deliberante, es decir, que no indica con precisión quien asumiría las atribuciones para autorizar la convocatoria a la primera sesión ordinaria de la gestión
Según el reglamento general del Concejo, debería ser el vicepresidente quien asuma sus atribuciones ante una renuncia o ausencia, sin embargo, el exconcejal Saúl Aguilar, quien estaba en la cartera, ahora es la primera autoridad edil.
En el Artículo 14, parágrafo II, punto 2, la normativa indica las atribuciones del presidente: "Convocar, iniciar, presidir, dirigir, suspender, reiniciar y clausurar las Sesiones del Concejo".
Por tanto, solo Rojas tenía la facultad de convocar a la sesión, pues las atribuciones de la secretaria concejal, en este caso Denisse Villca, no especifican ni le permiten la tarea de emitir la convocatoria sin el presidente.
Mientras que el Artículo 16 adscribe : "Atribuciones de la secretaria concejal es elaborar y proponer a la o el Presidente del Concejo Municipal, la Convocatoria y el Orden del Día de las Sesiones, publicarlas y ponerlas a conocimiento de los Concejales".
CASO HILARIA SEJAS
Fueron los criterios contrarios que tuvieron el presidente y la secretaria concejal respecto a la habilitación de la exalcaldesa y concejal titular, Hilaria Sejas, para la primera sesión, los que de cierta forma, podrían haber empujado a Rojas a su renuncia.
Henry Rojas al recibir un amparo constitucional interpuesto por Hilaria Sejas para regresar al Concejo, la habilitó para la primera sesión ordinaria argumentado que el Tribunal de Garantías había solicitado una respuesta inmediata.
En el Artículo 14, parágrafo II, punto 13, anexa esas atribuciones.
"Habilitar a los concejales suplentes en caso de renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente y/o pérdida de mandato, previo cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 026 de 30 de junio de 2010 Ley del Régimen Electoral".
Sin embargo, Denisse Villca se negó a emitir una convocatoria con el nombre de Sejas, manifestando que el acta de la última sesión 2018, determinó iniciar la primera con el suplente de esta, Alberto Céspedes.
SESIONES EN LA INCERTIDUMBRE
El Artículo 45, referente a las sesiones ordinarias, indica en el parágrafo I que "el Concejo Municipal se reunirá con carácter público en Sesiones Ordinarias, que se llevarán a cabo días hábiles y dos veces por semana de acuerdo al calendario elaborado por la Directiva del Concejo Municipal de cada gestión; salvo alguna imposibilidad manifiesta".
Este artículo no se está cumpliendo y probablemente no se lo haga porque solo restan dos días para culminar esta semana y para efectuar una sesión ordinaria debe emanarse el documento de convocatoria con 24 horas de antelación, por lo que los ediles podrían ser pasibles a un proceso por incumplimiento de deberes.
RENUNCIA
Henry Rojas presentó su carta de renuncia irrevocable al cargo de presidente, mas no así a su curul de concejal. Su carta fue recibida a las 17:30 horas de ayer.
En la misma refiere en su tenor "renuncia irrevocable al cargo de presidente del CMO" y en su contenido menciona textualmente: "considero, que por sobre todas las cosas se encuentra el interés de la ciudad de Oruro, los mismos que no deben estar supeditados por intereses…por lo cual no es posible que se siga postergando la realización de la primera Sesión Ordinaria".
La situación del Concejo y de la primera sesión por el momento es incierta y por tanto el desarrollo de las actividades en la Alcaldía también estarían afectadas.