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Medio: La Patria
Fecha de la publicación: jueves 17 de enero de 2019
Categoría: Institucional
Subcategoría: Servicio de Registro Cívico (SERECI)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Contenido
En 2016, fueron dos personas; en 2017, fueron ocho, y el año pasado fueron dos personas, que decidieron hacer el cambio de su nombre propio, dato de sexo e imagen, en el departamento de Oruro.
De acuerdo al artículo 7 de la mencionada ley, es el Serecí, dependiente del Tribunal Supremo Electoral, que se constituye en la autoridad competente a nivel nacional, para el registro del cambio de identidad a personas transexuales y transgénero.
Una vez realizado este trámite en el Serecí, esas personas pueden cambiar su nombre y género en documentos de identidad, cuentas bancarias, títulos profesionales.
Con dicha ley se busca eliminar cualquier tipo de desigualdad para el ejercicio pleno de las libertades y los derechos de las personas transexuales y transgénero; además se busca protegerlos contra toda forma de discriminación, de manera efectiva y oportuna.
Según la norma, el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen será reversible por una sola vez, luego de lo cual no podrán modificarse nuevamente estos datos. En caso de reversión se vuelve al nombre, dato de sexo e imagen iniciales.
REQUISITOS
Quienes quieran beneficiarse con dicha ley, deben presentar ante el Serecí: carta de solicitud de cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen; examen psicológico que acredite el carácter voluntario de la acción; certificado de nacimiento original y computarizado que acredite la mayoría de edad; certificación de datos de personas emitido por el Servicio General de Identificación Personal (Segip), certificado de libertad de estado civil; certificado de descendencia; certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (Rejap); entre otros.