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Medio: El Día
Fecha de la publicación: martes 23 de enero de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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“Al respecto únicamente hay que remitirnos a la Constitución Política del Estado, que señala que los fallos del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante, de cumplimiento obligatorio y contra ellos no procede recurso ordinario ulterior alguno”, aseguró.
Ceballos dijo que a la Sala Plena del TCP no llegó ningún memorial de objeción a la acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS) el año pasado.
Asimismo, informó que todas las causas ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2017 serán resueltas por las cuatro salas especializadas.
El TCP el 28 de noviembre de 2017 falló a favor de la acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por la bancada de asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS) pidiendo la inaplicabilidad de algunos artículos de la Constitución que inviabilizaban una cuarta postulación de Evo Morales a la Presidencia.
Ceballos fue constituyente por el MAS y parte de la Comisión de Constitución del ente deliberante que trabajo de 2006 a 2007.



