Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: lunes 14 de enero de 2019
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Murillo mencionó que la Constitución no le da ninguna atribución al Ministerio de Comunicación para “pagar propaganda electoral en favor del presidente Morales”. “Sus ministros están gastando el dinero del Estado para pagar las publicaciones del partido político”, cuestionó el legislador en conferencia de prensa.
La encuesta fue realizada por CIESMORI y fue publicada el 16 de diciembre del 2018 en cuatro periódicos. Para dicha encuesta se realizó la siguiente pregunta: "Si este domingo fueran las elecciones a Presidente ¿Por cuál de los siguientes candidatos votaría Ud.?". Los resultados favorecían a Morales por encima del expresidente Carlos Mesa.
En la encuesta, además, aparecían los nombres de Rubén Costas, Samuel Doria Medina, Luis Revilla, Félix Patzi y Óscar Ortiz, además de las opciones No sabe y No responde, según la denuncia que fue remitida a la Fiscalía.
La oposición demanda que el Tribunal Supremo Electoral sancione y retire la personalidad jurídica al MAS por esta difusión de encuesta, toda vez que procedió de la misma manera cuando en 2015, Unidad Demócrata en Beni difundió los resultados de una encuesta. Esa ocasión, Ernesto Suárez y más de 200 candidatos del partido fueron inhabilitados.
López admitió que el Gobierno pagó por esta encuesta y negó que con ello se haya violado la Ley de Régimen Electoral. “Encuesta publicada por nuestro Gobierno en diferentes medios no viola norma electoral. Quienes afirman lo contrario no están bien informados. Buscan únicamente protagonismo para justificar su inasistencia a las primarias donde quedará demostrado que no tienen militancia”, escribió la Ministra en su cuenta de Twitter.
Según una nota de la agencia de noticias del Gobierno, ABI, la encuesta se publicó a base del artículo 130 de dicha norma que detalla el periodo de difusión de encuestas “durante un periodo electoral, referendo o revocatoria de mandato está permitida en los siguientes plazos”.
“a) Encuestas preelectorales y otros estudios de opinión en materia electoral, a partir del día del vencimiento del plazo de inscripción de candidaturas en procesos electorales; y a partir del día siguiente a la publicación del calendario electoral en referendos o revocatorias de mandato. En ambos casos se podrían difundir hasta el domingo anterior al día de la votación”.