Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: jueves 04 de enero de 2018
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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Como está previsto en la norma y en el reglamento de trámite de iniciativas ciudadanas, en La Paz se presentaron cinco solicitudes contra autoridades municipales, entre ellas los alcaldes de La Paz, El Alto, San Buenaventura, Santiago de Huata y Ayata; en Cochabamba contra el alcalde José María Leyes y concejales de Cercado, y en Punata contra el Alcalde y concejales.
En Oruro, contra el alcalde Édgar Bazán; en Chuquisaca contra el alcalde Iván Arciénega, de Sucre, y concejales; en Potosí contra el alcalde William Cervantes, de la Villa Imperial, y de Uyuni; en Beni contra el alcalde de Riberalta, San Ignacio de Moxos, de Iténez Magdalena.
En Tarija contra el alcalde de Yacuiba y asambleístas departamentales; en Pando contra el alcalde Luis Gatty Ribeiro, de Cobija, y el de Bolpebra; y en Santa Cruz contra el alcalde y concejales de Camiri, y el alcalde de San Ignacio.
Exeni informó que en la mayoría de los casos los tribunales revisan las solicitudes conforme a norma, es decir verificando el cumplimiento de requisitos para habilitar la iniciativa ciudadana y entregarles el formato de libros para que en el plazo de 90 días puedan recabar las firmas y huellas dactilares requeridas de acuerdo a la circunscripción de la autoridad electa. El porcentaje de firmas varía de acuerdo a cada circunscripción.
Después de recibida la solicitud de revocatoria, los TED tienen un plazo de cinco días para evaluar el cumplimiento o no de los requisitos, en caso de rechazo queda ahí la iniciativa y en la de aceptación se inicia el proceso de recolección de firmas.
Es el 30% del padrón al momento de la iniciativa si es municipal y debe concurrir la gente que está empadronada en el municipio.
Los gastos de recolección de firmas en los libros corren por cuenta de quienes impulsan la iniciativa ciudadana, en caso de que cumplan y se convoque a referendo, los desembolsos corren por cuenta del municipio o de la entidad autónoma.
“El revocatorio rige con la Constitución Política del Estado (vigente desde febrero de 2009) y los años 2012, 2013 hubo varias iniciativas, ninguna prosperó. Ahora tenemos varias iniciativas y veremos si cumplen los requisitos y las condiciones previstas en la norma”, añadió Exeni.
La cifra final de los pedidos se conocerá después de los informes de los tribunales, pues variará de acuerdo con las autoridades impugnadas en cada jurisdicción.
Fejuves de La Paz y El Alto no cumplieron los requisitos
Los tribunales electorales departamentales de La Paz y Pando, por separado, hicieron conocer la posición que adoptaron en torno a la solicitudes de revocatorio que presentaron contra los alcaldes Luis Revilla y Soledad Chapetón, de La Paz y El Alto, que fueron rechazadas por no cumplir con los requisitos.
Mientras que en Pando la vicepresidenta del TED, Daniela Vélez, resolvió dar curso al revocatorio del alcalde de Cobija, Luis Gatty Ribeiro, y cinco concejales y el alcalde de Bolpebra, Erlin Hurtado Casanova. Los solicitantes tienen 90 días para recolectar el 30% de firmas.
En la ciudad de La Paz, el presidente del TED, Antonio Condori, informó que desde el 14 de diciembre hasta el 5 de febrero tiene la ciudadanía para presentar sus iniciativas de revocatorio de mandato.
En La Paz, El Alto, Santiago de Huata, San Buenaventura y Ayata se presentaron, y la Sala Plena, después de considerar el informe de la Secretaría de Cámara, resolvió aceptar como promotores del revocatorio en el caso de San Buenaventura y Ayata.
“En el caso de La Paz, El Alto y Santiago de Huata se rechazaron por el no cumplimiento de requisitos formales. En el caso de La Paz (contra el alcalde Luis Revilla), se hicieron observaciones en cuanto al poder, personería jurídica y actas, presentaron (la Federación de Juntas Vecinales - Fejuve) fuera de plazo”, explicó.
Mientras que en el caso de El Alto, también de la Fejuve contra la alcaldesa Soledad Chapetón, “pidieron una ampliación del plazo que no se puede acceder porque los plazos son fatales y lo mismo sucede en el caso de Santiago de Huata”.
La principal autoridad del TED aclaró que ninguna de las dos Fejuves puede presentar una nueva demanda de revocatoria de mandato, pueden hacerlo otras personas, otras instituciones. “Ambas Fejuves agotaron esta oportunidad”, aseveró.