Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: lunes 07 de enero de 2019
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La audiencia fue señalada para las 14:00 horas, oportunidad en la que el alcalde Ramos deberá entregar fotocopias legalizadas sobre el proyecto Pabellón Multidisciplinario de la unidad educativa “Don Bosco”, regularización de contratos y el pago de los montos adeudados por la obra fina, tal como solicitó el afectado el 25 y 30 de abril; 23 de julio y 9 de agosto de 2018.
El empresario recibió el 18 de mayo la orden de proceder en base al contrato GAMA/EPHQ/033/2016 y entregó la obra en el tiempo previsto bajo acta de conformidad. Desde entonces el alcalde eludió el pago y reiterada negativa a entregar el contrato original obligó a que el demandante interponga una acción de amparo argumentando “lesión al derecho de petición” previsto en el artículo 24 de la Constitución Política del Estado.
Sin embargo, la juez público de Familia, Karen Careaga Miranda, negó la tutela el 1 de octubre de 2018, con el argumento que el peticionante no agotó recursos de impugnación previstos, jurídicamente llamado “principio de subsidiariedad”.
La decisión fue enviada en revisión a Sucre donde el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) revocó el 18 de octubre de 2018, porque la juez Careaga “no actuó correctamente” y la ordenó pronunciarse nuevamente sobre la acción de amparo.
El TCP asegura que no se evidencian causales de improcedencia, debido a que el afectado cumplió con enviar cartas y peticiones reiteradas, además que no existen medios de impugnación para pedir fotocopias legalizadas.