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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: jueves 27 de diciembre de 2018
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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Todos estos fenómenos han tenido consecuencias muy diversas y hasta contradictorias con respecto a los derechos humanos. Con mucha cautela se puede aseverar que en Bolivia únicamente la modernidad occidental introdujo la concepción de los derechos humanos como los conocemos hoy. Algo similar pasa en la casi totalidad del ámbito islámico, aunque afirmar esto vaya contra la corrección política del momento y contra las convenciones “progresistas”, que, interesadamente, intentan rebajar los méritos y la dignidad de la cultura occidental.
El proceso combinado de democratización política, liberalización económica y modernización técnica (a partir de 1985) es el que fomentó en Bolivia hasta 2006 -con obstáculos y retrocesos- una universalización de los derechos humanos, lo que se reflejó en modestos cambios constitucionales, en la creación de nuevas instituciones y en el trabajo cotidiano de numerosas organizaciones, lo que incluyó a instituciones no gubernamentales como la Asamblea Permanente de Derechos Humanos. Lamentablemente hay que consignar la actuación errática de esta institución a lo largo de las últimas décadas.
Es posible, por otra parte, que los efectos de la modernización cultural y los intercambios permanentes con otros modelos civilizatorios generarán a la larga una modificación del imaginario político-popular. Es probable, aunque no seguro, que la diseminación metódica de los derechos humanos mediante la labor de la escuela y la cooperación de los medios masivos de comunicación, rendirá frutos positivos en el largo plazo. En una perspectiva optimista se puede esperar que los derechos universales lleguen a ser percibidos como algo propio e irrenunciable, es decir como algo constitutivo de la identidad social.
En este punto hay que hacer hincapié en los grandes obstáculos que entorpecen ese noble fin. Muchos de ellos están enraizados en prácticas culturales de larga data. Y aquí hay que mencionar un hecho desagradable para la consciencia popular: las corrientes civilizatorias más importantes que han determinado hasta hoy el imaginario colectivo boliviano han sido tendencias colectivistas y autoritarias, que afirmaban, a menudo de modo no explícito, la primacía del Estado, de la comunidad y del partido político sobre el individuo. La primera ascensión del liberalismo al gobierno a partir de 1899 empezó a modificar muy paulatina y fragmentariamente este escenario de ideas, valores y prácticas cotidianas. Este proceso fue truncado por obstáculos y retrocesos, de los cuales el más notable fue el renacimiento de la cultura autoritaria, clientelista y provinciana por obra de la Revolución Nacional de 1952.
La cultura occidental moderna es la que ha propugnado la primacía del individuo sobre entes colectivos del modo más sistemático. Y sobre esta primacía se asienta la concepción contemporánea de los derechos humanos. La lucha contra el absolutismo estatal y religioso obtuvo sus primeros éxitos permanentes en países de Europa Occidental a partir del Siglo XVIII. La protección de la persona humana, considerada como el valor más alto de la creación, requirió de garantías y derechos contra su principal adversario, el Estado absolutista y sus agentes. Todavía hoy, en todos los países del mundo, el aparato estatal es considerado, con buenas razones, como la fuente central de violaciones a los derechos humanos, pero constituye al mismo tiempo el principal garante de los mismos. Por ello la investigación científica dedica sus esfuerzos a desentrañar los vínculos entre el Estado, los ciudadanos y los derechos humanos.
La primera generación de derechos (el derecho a la vida, a la inviolabilidad de la esfera personal e íntima, los derechos de libre expresión, reunión y asociación y otros similares) estuvo dirigida principalmente contra acciones arbitrarias e inhumanas del Estado absolutista. A partir de ella se constituyeron las garantías dirigidas a evitar transgresiones del aparato gubernamental contra los ciudadanos. Se trata de garantías de tipo político para asegurar los valores supremos proclamados por la Ilustración y el racionalismo: la libertad y la igualdad de los seres humanos. La primera generación de derechos representa la base de todos los demás derechos sociales, culturales, económicos y de género, que tienden a multiplicarse con el avance de la democracia y con el aumento de la complejidad de cada sociedad. Los derechos de naturaleza individualista no están contrapuestos a los derechos sociales, comunitarios y económicos, pero se puede afirmar que poseen una dignidad ontológica superior. Y es bueno que así sea. Hay que señalar también, aunque sea un tema incómodo, que los llamados derechos sociales y culturales tienden a multiplicarse de modo exponencial porque representan, en muchísimos casos, intereses particulares, que se recubren con la denominación de derechos por el prestigio que esta categoría ha alcanzado.