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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: jueves 27 de diciembre de 2018
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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Explicó que el 16 de diciembre se publicó una encuesta favorable a Evo Morales en los periódicos La Razón, El Deber y Estrella del oriente, sin embargo, dichos datos no formaban parte de los hechos noticiosos, sino se publicaron como espacios solicitados, es decir pagados.
Gutiérrez señaló que en la Ley del Régimen Electoral la difusión de encuestas por parte de partidos se sanciona con la cancelación de su personalidad jurídica, y pidió que se aplique ese castigo al MAS.

Diputado Gutiérrez es de Unidad Demócrata.
El parágrafo III. del artículo 136 de la Ley del Régimen Electoral señala que las “organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además, serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios”.
Ya hay un antecedente
El opositor mencionó que ya existe un antecedente en que el TSE canceló una personalidad jurídica a un partido por divulgar una encuesta.
Ocurrió en 2015, cuando el Tribunal Electoral canceló la personalidad jurídica de Unidad Demócrata Beni y dejó fuera de carrera electoral a 228 candidatos, a la cabeza de Ernesto Suárez, quien era el favorito para ganar la Gobernación, por encima de Alex Ferrier del MAS, quien al final logró el cargo.
Entonces, el TSE sancionó a Unidad Demócrata Beni porque su jefe de campaña, Carmelo Lens, hizo pública una encuesta que había realizado el partido.
Gutiérrez pidió al Tribunal Electoral que utilice el mismo razonamiento para cancelar la personería del MAS y, por ende, inhabilitar a Evo Morales.
La encuesta publicada como "solicitada"




