Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: lunes 17 de diciembre de 2018
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que a nivel nacional se habilitarán 3.751 recintos electorales, para que los militantes de partidos políticos asistan a votar el próximo 27 de enero.
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Publicado el 16/12/2018 a las 13h15
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que a nivel nacional se habilitarán 3.751 recintos electorales, para que los militantes de partidos políticos asistan a votar el próximo 27 de enero.
La información está en una separata que publicó el ente electoral, en la cual se especifican la cantidad de recintos y asientos electorales por cada municipio del país.
La cantidad de asientos y recintos para las Primarias es menor a la de un proceso de elecciones nacionales, puesto que para el 27 de enero votarán sólo militantes, mientras que en otros procesos de alcance nacional el voto es universal y obligatorio.
El número de recintos electorales para las Primarias, 3.751, es 23% menor a la registrada en el último proceso electoral de carácter nacional: las Elecciones Judiciales de 2017, cuando hubo 4.850 recintos.
En cuanto a asientos electorales, para las Primarias está previsto que haya 2.360 a nivel nacional, mientras que en las Elecciones Judiciales hubo 3.396, según datos del TSE.
El Tribunal explicó con anterioridad que dispondría la apertura de recintos de acuerdo a la cantidad de votantes.
El Reglamento de Primarias señala que sólo se abrirían los recintos donde estén registrados al menos 50 militantes para la votación del 27 de enero.
Recinto Electoral: es la infraestructura o ambiente ubicado en un asiento electoral, donde se instalan una o varias mesas electorales de sufragio para que las ciudadanas y ciudadanos habilitados en un proceso eleccionario, referendo o revocatoria de mandato concurran a emitir su voto.
Asiento Electoral: es el lugar o punto geográfico determinado, pudiendo ser ciudad capital, ciudad intermedia o localidad, en el que se establecen el servicio o facilitaciones físicas y legales necesarias para el ejercicio del sufragio, compuesto por notarías electorales, recintos electorales y mesas electorales.