Medio: El Diario
Fecha de la publicación: sábado 15 de diciembre de 2018
Categoría: Consulta previa
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“El Tribunal Constitucional Plurinacional ha dispuesto la improcedencia del mismo” afirmo el Magistrado del TCP, Gonzalo Hurtado.
Como se recordará, el año pasado, diputados de Unidad Demócrata (UD) presentaron en Sucre un recurso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en contra de la Ley que anula la intangibilidad del TIPNIS.
En ese entonces, el diputado Norman Lazarte, que encabezó la delegación, hizo la presentación, y al momento de hacerlo precisó que se trata de una acción de inconstitucionalidad abstracta, puesto que a su criterio la norma vulnera la Constitución Política del Estado (CPE).
Lazarte señalaba que la Ley estaba contra la biodiversidad protegida por la Constitución y tratados internacionales. En el memorial se observaba, por ejemplo, que la norma vulnera el artículo 342 de la CPE que obliga al Estado a mantener el equilibrio en el medio ambiente.
Asimismo, el opositor indicaba que en el recurso también se solicita medidas cautelares, para evitar que se aplique la ley mientras se decide su constitucionalidad.
El fundamento de la demanda indicaba que sigue vigente en la Constitución, en su artículo 385, la preservación de las áreas protegidas, y los artículos 388 y 403 protegen a los territorios indígenas.
El TIPNIS tiene una doble condición para su protección, por ser parque nacional y territorio indígena, por lo tanto su resguardo no sólo está garantizado en la Carta Magna y las leyes sino en convenios internacionales.
El oficialismo en la Asamblea Legislativa sancionó la Ley de Protección, Desarrollo Integral y Sustentable del TIPNIS que básicamente levanta la “intangibilidad” y abre la posibilidad de que se construya la vía San Ignacio de Moxos-Villa Tunari resistida desde antes de 2011. EL DIARIO y otros medios.