Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 14 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El pasado fin de semana, el TSE, a través de su resolución 0654/2018 de habilitación de binomios para las elecciones primarias, dio a conocer que la reelección por una sola vez de manera continua, establecida en el artículo 168 de la Constitución, fue expulsada del ordenamiento jurídico vigente.
“La parte demandante se ampara en el incumplimiento del artículo 168 de la Constitución Política del Estado, aspecto que no se enmarca con el incumplimiento de requisitos e incompatibilidades establecidas en el artículo 40, parágrafo II) del Reglamento Específico Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019”, se lee en la resolución.