Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: jueves 28 de diciembre de 2017
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La declaración fue muy contundente: “El TSE ha ratificado las características del referéndum del 21 de febrero. Primero, porque está vigente; segundo, porque tiene un carácter de cumplimiento obligatorio y, tercero, porque es vinculante”.
Inmediatamente después dijo que las causales de inhabilitación de candidatos se darán a conocer cuando el cronograma electoral instituido por ley así lo establezca y ello se dará 155 días antes de los comicios de 2019, es decir a mediados de ese año.
Algunos parlamentarios opositores reaccionaron con molestia ante las evasivas respuestas ofrecidas por el TSE. Pero está claro el mensaje, que es valiente e independiente, que ha dado esa institución: el referendo está vigente, es de cumplimiento obligatorio y es vinculante. Por lo tanto, si ello se aplicara para establecer las causales de inhabilitación de candidatos, Evo Morales no podrá serlo, puesto que el referendo estableció, mediante voto, que no se reformará la CPE y, por lo tanto, el presidente no está habilitado para candidatear. En ello es importante analizar la palabra “vigente” usada por la presidenta Uriona: si el resultado del 21F está “vigente” entonces quiere decir que el fallo del Tribunal Constitucional no le ha quitado legitimidad, como el Gobierno insiste en repetir. Al estar “vigente”, por lo tanto, su mandato no ha sido revocado por el fallo del TCP. Ergo, Morales no puede ser candidato.
Algunos analistas y juristas exigen que Uriona y el TSE sean más explícitos y digan si el Presidente está habilitado o no para candidatear. Pero Uriona hace bien al recordar que no pueden adelantarse en dar un criterio. Cuando la ley los autorice para señalar qué candidatos están inhabilitados, lo harán.
Inmediatamente después de esa declaración, el vicepresidente Álvaro García Linera expresó la posición oficial del régimen. Evitando confrontar con Uriona, García Linera, reiteró lo que otras autoridades han señalado: que el referendo “ya se cumplió” al no haber reformado la Constitución. Y que, una vez que ello sucedió, hubo un fallo del TCP que autorizó la reelección indefinida. Pero ambas cosas son excluyentes entre sí: no puede el voto de un referendo que prohibió a Morales ser candidato estar vigente al mismo tiempo de un fallo del TCP que señala lo contrario. O una cosa o la otra deben tener vigencia. De ahí que la palabra usada por la presidenta Uriona es crucial: el 21F está “vigente”.
Este diario, y otras personas como entidades, ya han señalado que Morales no puede ser candidato, porque el resultado del 21F así lo establece. El otro argumento esgrimido es que el TCP no tenía atribución para establecer la “inconstitucionalidad” de la Constitución ni, menos aún, para reformar el texto constitucional, como de facto lo hizo. Emitió, por tanto, un fallo irregular. Como el TSE es un órgano del Estado de igual jerarquía que los otros tres (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), está facultado para interpretar las normas y no acatar las decisiones de otros poderes que considere ilegales. Por eso en este espacio se mencionó que en 2019 podría el país asistir a un conflicto de poderes entre el judicial y el electoral. Pero es el electoral el que tiene la última palabra para dirigir y diseñar los procesos electorales. Y tiene la capacidad exclusiva de inhabilitar a los candidatos que no cumplen con los requisitos que manda la ley y la Constitución.
Todavía falta un año y medio para ver si el TSE mantendrá la lógica de su argumentación y, bajo el mandato de la ley, inhabilite a Morales. Las presiones sobre sus siete miembros serán colosales y no se puede descartar incluso su destitución, como se hizo con Gualberto Cusi y otras dos integrantes del TCP.