Medio: El Deber
Fecha de la publicación: viernes 22 de diciembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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"El Tribunal Supremo Electoral luego de haber cumplido la administración del proceso de referendo remitió mediante nota (...) al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional los resultados del referendo del 21F. ¿Qué está diciendo la Presidenta del TSE? Que la autoridad competente para su cumplimiento es la Asamblea Legislativa", detalló.
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García Linera añadió que el Órgano Electoral de acuerdo a la Ley del Régimen Electoral tiene la competencia de organizar, administrar, ejecutar y proclamar los resultados de los procesos electorales y referendos, pero que su cumplimiento es atribución de la Asamblea.
"El Órgano Electoral llevó adelante, administró y remitió a la Asamblea los resultados, el resultado (es que) la gente rechazó la modificación del art. 168. ¿Qué ha hecho la Asamblea? simplemente mantener el art. 168 de la Constitución Política del Estado.
En consecuencia "el resultado del referendo está vigente y es vinculante, porque sigue presente en la Constitución. La respuesta del Tribunal Supremo Electoral es muy contundente y muy claro y muy institucional", afirmó en un contacto con los medios de comunicación.
Este jueves la presidenta del TSE, Katia Uriona, acudió al Senado para dar un informe oral a petición de los senadores Edwin Rodríguez y Yerko Núñez, respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional referida a la reelección indefinida y al carácter vinculante del referendo del 21.
Entre sus respuestas Uriona dijo que el referendo está "vigente" es vinculante y de cumplimiento obligatorio, pero que la atribución de que se cumpla es de la Asamblea Legislativa.
En ese marco, García Linera insistió que el TSE "no interpreta ni hace cumplir los resultados", sus declaraciones las hizo acompañado de los presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados, José Alberto Gonzales y Gabriela Montaño.
Por otra parte, en relación a la pregunta si el presidente Evo Morales será habilitado para las elecciones de 2019, el Vicepresidente volvió a citar la respuesta del TSE que en su informe oral ante el Senado dijo que se manifestarán 150 días antes de las elecciones generales.
"El Órgano Electoral responde con meridiana claridad de manera institucional", dice García Linera al sostener que el TSE se referirá al tema antes de las elecciones nacionales y cuando exista una convocatoria a dicho proceso electoral, pero verificando si el presidente Morales cumple o no las causales de inelegibilidad.
"La señora Presidenta dijo que cuando se convoque a elecciones, 150 días antes, el OE simplemente tiene que verificar el cumplimiento de las causales de inelegibilidad", añadió, al concluir que el Primer Mandatario no incurre en ninguna de las causales citadas en la norma.
Es decir que no ocupa cargos directivos e corporaciones que tengan contratos con el Estado, tampoco en empresas extranjeras, ni es autoridad en un cargo de libre nombramiento entre otros.
"Listo, esas son las causales de inelegibilidad que la Presidenta del TSE dice que va a verificar para las elecciones (...), por lo tanto, está clarísimo (...). Todos los requisitos los cumple Ev Morales de manera clara, diáfana y transparente", insistió.
Finalmente, García Linera dijo que no existe contradicción entre la vigencia del 21F y la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional, porque se aplicó el artículo 256 de la Carta Magna.
Explicó que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos firmados, ratificados y a los que se hubiera adherido el Estado boliviano que declare derechos más favorables que la Constitución se aplicarán de manera preferente en la CPE".
El MAS interpuso una acción de inconstitucionalidad abstracta al Tribunal Constitucional y éste en un control de convencionalidad concluyó en su sentencia que habiendo derechos más favorables en la Convención Americana de Derechos Humanos se aplicarán por sobre la Carta Magna.
Por lo tanto, dice el Vicepresidente que hay el artículo 168 de la Constitución que establece un límite para la reelección, pero que hay un tratado que no fija límites para la reelección de las autoridades, por lo tanto este instrumento internacional se aplica por encima de la Norma Fundamental de Bolivia.
"Lo que parece una contradicción no es una contradicción, cuando hay dos artículos que parecen contradecirse se aplica el tratado internacional", sostuvo.
"Finalmente, después de todas estas lecturas constitucionales de los procedimientos, al final de la jornada, es que el 2019 será el ciudadano el que definirá con su voto de manera libre y responsable quién será su presidente. Escogerá entre los candidatos, ahí estará Evo Morales", sostuvo.