Medio: El País
Fecha de la publicación: miércoles 12 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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“La citada habilitación viola la prohibición específica de más de una reelección establecida en el artículo 168 de la CPE, que se encuentra plenamente vigente, y usurpa funciones del Poder Constituyente que es la única instancia competente del Estado para incorporar la reelección indefinida en el texto de la Constitución”, dice la carta dirigida a la presidenta, María Eugenia Choque.
La ex autoridad explica que se “usurpa las funciones del Poder Constituyente”, porque aplica la reelección indefinida a favor de las ex autoridades que desempeñaron los cargos de presidente y vicepresidente por “tres veces consecutivas”, pese a que esta figura constitucional no está incorporada en el texto de la Constitución Política del Estado.
El artículo 168 de la Carta Magna prevé la reelección por una sola vez de manera continua, este principio ha sido ratificado en el referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando la ciudadanía mayoritariamente votó en contra de la repostulación de Morales y García Linera en las elecciones de 2019.
Según el ex presidente de Bolivia “Dicha usurpación de funciones genera nulidad absoluta de acuerdo al artículo 122 de la CPE”, se lee en la misiva que envió al Tribunal Supremo Electoral, en el que también lamenta que no hubiera recibido respuesta a una anterior carta de fecha 28 de noviembre.