Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: martes 26 de diciembre de 2017
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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De esta manera coincidió con el criterio expresado en días pasados por el vicepresidente Álvaro García Linera, quien aseguró que el resultado del referéndum del 21 de febrero de 2016 está vigente, pero que el fallo del TCP sobre la reelección es de cumplimiento obligatorio, porque fue emitido con base en el criterio de aplicación preferente de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Mamani sostuvo que el TCP, mediante procedimiento constitucional, tuvo conocimiento de una causa para fines de interpretación sobre una posible contradicción entre la propia CPE y las convenciones internacionales sobre derechos humanos.
Las declaraciones de Mamani surgieron a propósito del informe oral que solicitó la opositora Unidad Demócrata (UD), en la Cámara de Senadores, a la presidenta del TSE, Katia Uriona, a quien preguntó quién debe hacer cumplir los resultados del referendo del referéndum del 21 de febrero (21F) y si el Tribunal Electoral aceptará inscribir a Evo Morales en los comicios de 2019 como candidato presidencial.
Mamani dijo que el fallo del TCP, aquí y en cualquier Estado, "es de cumplimiento obligatorio" y que la propia norma establece previsiones para hacer cumplir sus disposiciones, bajo un enfoque estrictamente constitucional.
La autoridad electoral agregó que el TSE no tiene legitimación para hacer ningún tipo de consulta, complementación, enmienda ni aclaración al TCP, porque el recurso en cuestión está reservado para las partes, como mecanismo de defensa, en un plazo de 48 horas.
Consultado sobre si con el fallo del TCP quedó anulado el referéndum del 21F, Mamani dijo que el objeto del referéndum era modificar el artículo 168 de la Constitución y que una vez que se proclamó el resultado, éste fue enviado a la Asamblea Legislativa, que respetó y no modificó dicho artículo, por lo que está vigente e inserto en la Constitución, según explicó.
EN 2019
El viernes, en su comparecencia ante el Senado, dijo que el TSE se pronunciará sobre la habilitación del Presidente en 2019.
Consultada sobre si los resultados del referéndum 21F son aplicables a las elecciones generales de 2019, Uriona dejó la respuesta en suspenso.
"Lo que nosotros establecemos con los resultados son las tres características que mencionamos, es de carácter obligatorio, es vinculante y está vigente. Una vez que exista una convocatoria para una elección el 2019 se analizarán las causales de habilitación o inhabilitación de los candidatos", señaló.
Ante la insistencia de la oposición, la titular del TSE manifestó que la institución no puede "prejuzgar". Por lo tanto, reiteró que la opinión del TSE sobre el asunto se producirá una vez que se lance la convocatoria para las elecciones de 2019 y no “antes de que las competencias (del TSE) entren en vigencia”.
“Una vez que exista una convocatoria para una elección en 2019, será que se analizarán las causales de habilitación o inhabilitación de candidatos”, reiteró.
La oposición sostiene que los resultados del 21F están vigentes, por lo que el Presidente no debe ser habilitado en 2019.