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Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: martes 11 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Los opositores sostienen que la habilitación del MAS atenta contra la soberanía del pueblo expresada en dos procesos constituyentes ratificados con referendo, uno cuando se aprobó la Carta Magna y otro el del 21 de febrero de 2016, cuando se ratificó la vigencia del artículo 168 que limita a una vez la cantidad de reelecciones que puede tener el presidente y vicepresidente.
Según su explicación, el Poder Constituyente es el único que podría incorporar la reelección indefinida en el texto de la Constitución, por lo cual el permitir la reelección indefinida sin un proceso constituyente es usurpar esa función.
“La habilitación del binomio del MAS – IPSP para las elecciones primarias y generales de 2019, usurpa funciones del Poder Constituyente porque aplica la reelección indefinida a favor de autoridades que desempeñaron los cargos de Presidente y Vicepresidente del Estado por tres veces consecutivas, cuando ésta figura constitucional no está incorporada en el texto de la Constitución”, señala la nota.
En ese entendido, solicitaron al Tribunal Supremo Electoral que anulación la Resolución que habilitó a candidatos para las Primaras, y se la sustituya por otra en la que no se incluya al binomio Morales-García.



