Medio: El Día
Fecha de la publicación: martes 11 de diciembre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia representativa
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De su parte, los funcionarios de esos tres órganos están moralmente obligados al cumplimiento de sus deberes con sujeción a las normas constitucionales y al dictado de su conciencia, sin admitir intromisión alguna.
Respecto a otras funciones esenciales, la Constitución Política del Estado contiene reglas claras para ejercicio de la “defensa de la sociedad”, instituida para cumplimiento a cargo del Ministerio Público y del Defensor del Pueblo.
El Ministerio Público es entidad encargada de defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad, y el Defensor del Pueblo debe velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos establecidos en la Constitución y los instrumentos internacionales.
Lamentablemente, nunca el Ministerio Público actuó con sometimiento a la norma. De los tres Defensores del Pueblo designados por el poder político desde el año 2006, los dos primeros ejercieron su función a cabalidad. El actual mancilló su misión.
La actuación gubernamental se caracterizó desde el año 2006 por constante transgresión de las normas constitucionales. El afán de las cabezas del poder ejecutivo de gobernar por tiempo indefinido violando la Constitución y la decisión del pueblo soberano, fue sumisamente acatado por parlamentarios, magistrados judiciales y miembros del órgano electoral, sin vergüenza alguna.
Quienes desde el año 2006 integraron los órganos Legislativo, Judicial y Electoral, actuaron como títeres del órgano ejecutivo. Felizmente desde entonces entre los integrantes de esos tres órganos hubo loable actuación de disidentes.
Los primeros en cumplir la orden para hacer viable un gobierno por tiempo indefinido fueron los diputados y senadores del poder legislativo. Se dirigieron al poder judicial para pedir que se declare inconstitucional la regla que dice que los gobernantes no pueden ser reelectos después de concluido su mandato. Entre esos parlamentarios hubo disidentes.
Los siguientes en acatar la instrucción fueron los magistrados del tribunal constitucional que son los guardianes de la Constitución. Ignoraron conscientemente que no es posible declarar inconstitucional una norma constitucional. Entre ellos no hubo disidentes.
Los terceros fueron los del órgano electoral. Dieron el último paso al intento de iniciar un período de gobierno dictatorial totalmente contrario al sistema democrático. Entre ellos hubo disidentes.