Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: domingo 09 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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De acuerdo a calendario electoral, las demandas de inhabilitación se deben presentar hasta el martes 11 de diciembre, y los impugnados deben deben entregar su descargo hasta el miércoles. El TSE dará su resolución final el viernes 14.
En ese marco, la Sala Plena del TSE aprobó el pasado martes las candidaturas presidenciales del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), Partido Demócrata Cristiano (PDC), Movimiento Al Socialismo (MAS), Unión Cívica Solidaridad (UCS), Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL), Movimiento Tercer Sistema (MTS), y las alianzas Comunidad Ciudadana (C.C.) y Bolivia Dice No.
En lista se confirma los siguientes binomios presidenciales: Virginio Lema Trigo y Fernando Untoja Choque por el MNR, Jaime Paz Zamora y Paola Lorena Barriga Machicao por el PDC, Juan Evo Morales Ayma y Álvaro Marcelo García Linera por el MAS, Víctor Hugo Cárdenas Conde y Eric Humberto Peinado Mendez por la UCS, Ruth Yolanda Nina Juchani y Leopoldo Richard Chui Torrez por PAN-BOL, Félix Patzi Paco y Lucila Mendieta Perez por el MTS, Carlos Diego De Mesa Gisbert y Gustavo Pedraza Mérida por C.C., y Oscar Miguel Ortiz Antelo y Edwin Mario Rodriguez Espejo por Bolivia Dice No.
Tras la publicación de la lista de candidatos presidenciales habilitados se abre la fase de impugnaciones, donde los militantes de las organizaciones políticas que participarán en las Elecciones Primarias podrán interponer demandas de inhabilitación de candidatas o candidatos en el plazo máximo de tres días calendario posteriores a esta publicación, señala el Reglamento de las Primarias.
CORRE PLAZO
DADO POR CÍVICOS
Los comités cívicos de ocho regiones del país, reunidos en Cochabamba, determinaron dar un plazo de 72 horas hábiles al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para anular la habituación del binomio Evo Morales-Álvaro García. El plazo de 72 horas hábiles concluiría el próximo miércoles, el mismo día en que el TSE debe informar su decisión acerca de si declara procedente o no las impugnaciones contra las candidaturas.
Los cívicos advirtieron que de no cumplirse esta demanda, se iniciará con huelgas de hambre, bloqueos y vigilias en defensa de la democracia.
MAS NO TUVO
OBSERVACIONES
El Tribunal Supremo Electoral divulgó este sábado la Resolución Administrativa 0645/2018, mediante la cual habilitó ocho candidaturas a las Elecciones Primarias, incluyendo la repostulación de Evo Morales y Álvaro García Linera.
Contiene cuatro partes considerativas. La primera hace referencia al marco normativo de las funciones y atribuciones del TSE.
El Movimiento al Socialismo (MAS) fue el único partido que no tuvo ninguna observación para subsanar.
En el tercer “considerando” se trata el tema de la repostulación. En este apartado, el TSE utilizó un párrafo para referirse al referendo del 21 de febrero de 2016, mientras los otros siete párrafos se dedican a argumentar los efectos de la sentencia 084/2017 del Tribunal Constitucional.
El TSE desarrolló los argumentos de la sentencia constitucional en
sentido de que establece la aplicación preferente de la Convención
Interamericana de Derechos Humanos por sobre cuatro artículos de la
Constitución que impiden la reelección indefinida de autoridades
electas. La resolución señala también que el fallo del TCP es de
“cumplimiento obligatorio”.