Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: sábado 08 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El candidato a la presidencia de Comunidad Ciudadana, Carlos Mesa, a través de cuenta de Twitter, deploró el juicio de responsabilidades que el Movimiento al Socialismo (MAS) anunció que interpondrá contra a los vocales electorales que votaron a favor de la inhabilitación del presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera.
No contentos con violar la CPE, los gobernantes autoritarios amenazan y quieren amedrentar a dos magistrados del TSE y a ciudadanos que expresaron en las calles su defensa del voto por el NO el 21F. La defensa de la soberanía popular prevalecerá!!!!
El presidente de la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados, Víctor Borda (MAS), informó que la querella será presentada el próximo martes en la Fiscalía Departamental de La Paz.
“Así como los opositores anunciaron que iniciarán un proceso contra los vocales que habilitaron a Evo Morales, nosotros también estamos anunciando un juicio de responsabilidades en contra de los vocales que desconocieron el carácter vinculante y de cumplimento a la sentencia constitucional”, informó ayer Borda.
Entretanto, ocho comités cívicos del país dieron un plazo de 72 horas, contando desde el lunes, para que el Órgano Electoral anule la resolución que habilitó al binomio del MAS, caso contrario iniciarán una huelga de hambre indefinida en todo el país.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó hoy la Resolución Administrativa 0645/2018, con la que se habilitó ocho candidaturas para las elecciones primarias de 2019, incluyendo la repostulación de Morales y García Linera.
El Órgano Electoral argumentó la aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que habilita a Morales García Linera a la reelección indefinida, con la aplicación preferente de la Convención Interamericana de Derechos Humanos sobre cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) que no permiten la relección indefinida.
“Los efectos de la Sentencia Constitucional Nº 0084/2017 son aplicables a todos los procesos electorales desde el momento de su pronunciamiento y consiguiente publicación (...). Es plenamente aplicable a las elecciones del año 2019 y las posteriores elecciones, las que deben regirse por lo dispuesto en dicha sentencia constitucional”, dice parte del documento.
Al dar preferencia al fallo del TCP, el Órgano Electoral no dio cumplimiento al Referendo Constitucional de 2016, en el que la población boliviana rechazó la modificación del artículo 168 de la CPE y se impuso el No a la reelección de Morales y García Linera, con un 51 por ciento de los votos.