Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: sábado 08 de diciembre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Sustentó que la legalidad la da la Constitución Política del Estado (CPE) y la legitimidad la concede el hecho de que este instrumento normativo, producto de un gran pacto social generado en la Asamblea Constituyente, fue aprobado en referendo por dos tercios de los votos.
“Nuestra Constitución y los instrumentos internacionales forman un solo bloque de constitucionalidad, y permite, en función de este bloque de constitucionalidad, la aplicación de los tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos”, dijo.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) fue consultado sobre la interpretación de los alcances de los artículos 13, 256 y 410 de la CPE, y si se deben aplicar con preferencia o no los tratados internacionales de derechos humanos por sobre las disposiciones establecidas en la norma suprema.
En consecuencia, el Tribunal respondió —el 28 de noviembre de 2017— que se debe aplicar con preferencia el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y con ello restituyó los derechos políticos de las autoridades nacionales y subnacionales, y anuló los límites a la reelección.
Amparado en estos antecedentes, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó a Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera para que se postulen en las elecciones primarias de binomios presidenciales y en los comicios generales de 2019.
Por ello, Romero afirmó que se cumplió con la normativa y citó las declaraciones del Presidente, que el jueves —durante un acto en Villa Tunari, Cochabamba— afirmó que la oposición sabía que el TSE no podía inhabilitar su candidatura y que engañó a sus seguidores.
Han engañado a sus bases “porque les han hecho creer que el Tribunal Electoral iba a decidir si se habilita o no la candidatura de Evo Morales. El Tribunal Supremo Electoral no interpreta la Constitución, eso sólo lo hace el Tribunal Constitucional Plurinacional”, anotó.