Medio: El Diario
Fecha de la publicación: sábado 08 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En la reunión de los comités cívicos de los departamentos del país en Santa Cruz, en diciembre de 2017 y luego de otras reuniones en La Paz en julio de este año, se determinó declarar “enemigos de la democracia” a los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, que atropellando la Constitución Política del Estado (Art. 168), las leyes 018 y 026 sobre régimen electoral y hasta la lógica jurídica, emitieron una resolución que argumentando que el Pacto de San José de Costa Rica sobre los derechos humanos, en su Art. 23 validaría la reelección indefinida del Presidente del Estado Plurinacional, como un derecho humano.
Esta resolución “írrita” e ilegal, que forzó una interpretación antojadiza y tendenciosa para favorecer al presidente que hace trece años gobierna el país, desconoció el pronunciamiento de la mayoría de los bolivianos, que mediante su voto en referéndum de 21 de febrero de 2016 rechazaron modificar el Art. 168 de la Constitución Política del Estado que dispone que el presidente podrá ser reelegido por una sola vez de manera continua, cuando por disposición de las mismas normas antes citadas, los resultados del 21 de febrero tienen carácter vinculante, es decir de cumplimiento obligatorio (Arts. 12, 15, 21 de la Ley de Régimen Electoral, Art. 23 de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional y otras).
Los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional que emitieron tal resolución han cometido un grave delito, y es el de haberse arrogado para sí la soberanía del pueblo, que convocado para ser consultado expresa mediante voto su opinión, pues estos “masistrados” para favorecer a una ambición política del actual presidente y vicepresidente, han atropellado al sistema mismo de la democracia, que entre sus principios fundamentales tiene a la voluntad del pueblo que debe ser consultado, como en el caso que analizamos, en una constituyente o un referéndum para modificar la Constitución Política, y tales ex magistrados han modificado esta norma magna, por intereses político partidarios.
El Tribunal Constitucional Plurinacional tiene como principal función defender lo que prescribe la Constitución y aplicarla al caso concreto demandado, cuando se vulnera un derecho constitucional. Mas al contrario, tal tribunal se ha arrogado competencia que no tiene, y modificó la Constitución, lo que importa un incumplimiento de deberes y grave vulneración de las normas que rigen nuestro Estado.
Más aún, el Art. 23 del Pacto de San José al disponer el derecho político de elegir y ser elegido, como salvaguarda de un derecho colectivo frente a la posibilidad de los gobiernos autocráticos, y en su Art. 32 categóricamente dispone: “los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática”. Es decir que los derechos humanos individuales no pueden vulnerar los derechos de los demás, en este caso de la mayoría de los bolivianos que dijo ¡No! a las pretensiones prorroguistas de los actuales gobernantes, además que la democracia es el vehículo para la consecución del bien común.
Por estos argumentos y muchos otros, los ex miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional merecen el repudio de la ciudadanía, que a través de sus instituciones cívicas los declaró: “enemigos de la democracia y el estado de derecho”, señalándolos con nombres y apellidos: Macario Lahor Cortez Chávez, Zenón Hugo Bacarreza Morales, Mirtha Camacho Quiroga, Rudy Flores, Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Neldy Virginia Andrade Martínez y Efren Choque (EL DIARIO l9.08.20l8).
A esta categoría de censura cívica pública, ahora deben ser agregados los vocales del Tribunal Electoral Plurinacional en su máxima instancia, que han determinado habilitar la cuestionada candidatura de los actuales gobernantes, pese a su ilegalidad y legitimidad.
Los miembros de estos tribunales (Constitucional y Electoral) que deberían ser independientes del poder político, seguramente no conocen la sentencia de Pantaleón Dalence (padre de la judicatura boliviana) que dijo: “la única servidumbre que no mancha, es la servidumbre a la ley”.