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Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: jueves 06 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Costas y Sandóval son los dos vocales que se declararon disidentes en la resolución del TSE, que habilitó la repostulación de Evo Morales. Los restantes cuatro miembros de Sala Plena aprobaron la candidatura del mandatario.
“Hemos pedido una medida cautelar, para que podamos ejercitar nuestra competencias y tomar las decisiones de manera libre y si presiones”, explicó el vocal Costas, quien indicó que la solicitud se remitió a la CIDH mediante la representación boliviana ante la OEA.
Señaló que al momento no ha recibido una respuesta de la comisión y que se encuentra a la espera “como todo el mundo”.
El vocal indicó que a la petición se adjuntó los reportes de prensa sobre las amenazas que recibió el Órgano Electoral, de parte de políticos, expresidentes, organizaciones sociales y hasta un magistrado del Tribunal Constitucional, respecto a la habilitación o no de Evo Morales.
Dijo que muchas veces los vocales decidieron guardar silencio, pero cuando el Estado no garantiza el trabajo de uno de sus órganos, habrá una instancia internacional que por lo menos reciba la preocupación.
Entre las presiones, Costas mencionó las declaraciones que hizo el vicepresidente del MAS, Gerardo García, quien advirtió que habría “consecuencias” si inhabilitaban a Morales, y los dichos del magistrado del Tribunal Constitucional, Orlando Ceballos, en sentido de que los vocales electorales podrían ser procesados de no respetar la sentencia 084/2017.
Calificó las expresiones del magistrado Ceballos como “el mayor de los excesos”.
Sin embargo, Costas aclaró que no ha recibido ninguna presión directamente con una llamada telefónica.
La semana pasada se supo que ambos vocales también hicieron llegar su denuncia ante el Defensor del Pueblo, que brindó garantías para que desarrollen su trabajo.
Ambas autoridades dijeron que hay una contradicción jurídica entre los resultados del referéndum constitucional de 2016, que le niega a Morales repostular, y el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional, que lo habilita de forma indefinida por la aplicación preferente de normas internacionales.
“Entonces jurídicamente hemos votado ni a favor ni en contra, si no entendiendo que no se podía habilitar (al binomio del MAS), dada esta condición jurídica (...), hemos cumplido con nuestro deber de hacer notar que el referéndum es vinculante”, apuntó.
En tanto que Costas observó que el TCP en su fallo de noviembre de 2017 no se pronunció sobre los efectos del referéndum, por lo que su resultado seguía vigente y su carácter vinculante.
“Al no pronunciarse (el TCP), la dejó vigente pues, y como el referendo es vinculante al proceso, no es vinculante a la Asamblea, era obligatorio a la Asamblea para que no cambie el artículo, pero sí era vinculante a la administración de este proceso”, señaló Costas.