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Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: lunes 03 de diciembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Nadie puede rehuirse a cumplir un fallo constitucional y menos el Tribunal Supremo Electoral (TSE), sostuvo ayer el constitucionalista Israel Campero.
“La sentencia constitucional (084/2017 sobre la reelección de autoridades nacionales y subnacionales) vale por sí sola. El TSE tiene sus competencias y “entre ellas no está el hacer control de constitucionalidad. (...) Las competencias que tiene son reglamentadas y lo único que tiene que hacer es cumplir los parámetros del Tribunal Constitucional”, dijo.
Sectores de oposición sostienen que como efecto del referendo del 21 de febrero de 2016, el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera están impedidos de volver a postularse en los comicios del próximo año.
Al respecto, Campero dijo que el referendo sentó una situación jurídica que fue la no modificación del artículo 168 de la Constitución Política.
Explicó que después de la decisión popular se presentó una acción de inconstitucionalidad (septiembre de 2017), cuyo fallo fue conocido en noviembre del mismo año, dando curso a la acción legal presentada por legisladores del oficialismo y oposición.
“¿Cuál es la solución? La norma posterior se aplica con preferencia”, afirmó.
En consecuencia, sostuvo que la sentencia constitucional de 2017 generó una situación jurídica nueva, y por disposición se aplica inmediatamente su publicación en la Gaceta Oficial.