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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: lunes 26 de noviembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Ante consultas de la prensa, muchas veces se producen respuestas que están fuera de lugar; este es el caso cuando una vocal del TSE al ser preguntada por la prensa sobre el “pedido de respeto al referéndum del 21 de febrero de 2016” dijo: “Los resultados del 21F se van a determinar por sala plena”; respuesta equivocada no podía ser porque, como se ve, no responde al criterio de una institución del Estado que debería conocer que la Constitución Política es clara, categórica y terminante; que todo el mundo conoce que lo dispuesto por ella no puede tergiversarse ni incumplirse, que en ningún caso precisaría de una “determinación” de quienes componen una institución (ED 8-XI-18).
El 21 de febrero, en sus consecuencias, fue determinante al indicar la mayoría del pueblo que no cabe una nueva re-relección del Presidente de la República; es clara cuando señala que “solamente una vez corresponde la relección”; que cualquier otro intento o medida que se adopte sería ilegal; y, además, señala claramente que nadie está sobre la Constitución. Entonces, ¿qué tendrá que “determinar” el TSE? ¿No es que solamente debe respetar y reconocer y señalar que la Constitución debe cumplirse y que no “hay vuelta que dar” a lo dispuesto por los resultados del 21 de febrero?
Será preciso, pues, que los vocales del Tribunal Supremo Electoral, al ser requeridos por la prensa, piensen y maduren su respuesta, no digan lo que creen muy personalmente y que puede estar en contradicción con lo que disponen la Constitución y las leyes, especialmente en momentos en que hay una especie de “convulsión” en el campo político, en que nadie sabe a qué atenerse y se pregunta: ¿Qué pasará en las próximas semanas o meses? ¿Cuál será el destino de nuestra democracia? ¿Persistirá la intención de nuevas re-re-relecciones? ¿Cuentan o no las determinaciones constitucionales? Efectivamente, ¿los vocales solo responderán a lo que la Carta Magna y las leyes dicen y no se apegarán a intereses creados?
Crear condiciones de duda o siquiera susceptibilidades en la ciudadanía que vaya a votar no es bueno, no es constructivo, porque respuestas sobre “determinaciones” sobre lo que ya está determinado por la Carta Magna, no corresponden y así lo entiende la colectividad que solo espera que el TSE cumpla con la Ley de Leyes, que es aplicable a los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016.
Ni a gobernantes ni a gobernados conviene que se incumpla la Constitución y se trate, así sea levemente, de tergiversar los términos constitucionales; hacerlo sería, simplemente, buscar los caminos de tiranías, empezando por dictaduras inaceptables. El voto del pueblo es sagrado y así fue reconocido y pregonado por todos, aunque en muchos casos no haya gustado el referéndum en el que ganó la voluntad de una mayoría consciente y responsable.