Medio: RADIO FIDES
Fecha de la publicación: viernes 08 de diciembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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“Para dar certidumbre a las reglas de juego de las próximas elecciones generales de 2019, solicito al Tribunal Supremo Electoral determine la aplicación de los resultados del Referendo del 21F para el proceso electoral del año 2019 y los efectos de la Sentencia Constitucional 0084/2017 de 28 de noviembre de 2017, sobre el artículo 168 de la CPE, recién a partir de las elecciones de 2024″, indicó Alarcón a los medios de comunicación.
El artículo 14 del Código Procesal Constitucional, al que alude Alarcón, señala a la letra: “La sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma del ordenamiento jurídico, no dará lugar a la revisión de sentencias que tengan la calidad de cosa juzgada, ni a la revisión de los actos realizados con la norma cuando se presumía constitucional”.
Después agregó que: “El resultado debería ser que únicamente el Presidente y Vicepresidente no podrían ser candidatos el 2019, los demás si porque no hubo Referendo con relación a ellos”.