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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: martes 07 de noviembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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Contenido
El postulante al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) Hans Soruco Suárez fue inhabilitado por el Tribunal Electoral Departamental del Beni, presuntamente por hacer campaña electoral. Sin embargo, el aludido indicó que la denuncia no tiene argumento valedero.
“El (postulante) inhabilitado es Hans Soruco Suárez, postulante al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en tanto habría realizado campaña. Eso fue probado y estamos siguiendo el procedimiento correspondiente”, explicó la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona.
Soruco fue uno de los cuatro postulantes al TCP elegidos por la Asamblea Legislativa el pasado septiembre, las listas fueron remitidas al Órgano Electoral para que comience con la difusión de méritos.
DENUNCIA INFUNDADA
Uriona señaló que el postulante habría realizado campaña electoral, acto probado según el Tribunal Departamental Electoral del Beni.
Ante esto, Soruco en contacto con EL DIARIO aseguró que la denuncia es infundada y el fallo del Órgano Electoral es “ilegal”, puesto que sólo estaba difundiendo sus méritos y en momento alguno hizo campaña para obtener los votos de la población.
“Me notificaron en la mañana y me dicen que estoy difundiendo mis méritos y me dicen que es una forma de hacer campaña, para que la gente vote por mí en desmedro de los otros colegas. Ese fue el argumento”, aclaró el postulante en contacto telefónico.
La Presidenta del Órgano Electoral indicó que los candidatos pueden difundir las propuestas que tienen para mejorar la administración de justicia, pero no pueden hacer campaña proselitista, incitando a la población que voten por ellos.
“Lo que establece la norma es que quienes están postulando pueden hacer difusión de sus perfiles, de sus propuestas y tienen la posibilidad de entregar volantes que sean informativos, lo que no está permitido es realizar campaña y llamar al voto”, explicó.
PROCEDIMIENTO
Según el artículo 25 del reglamento de difusión de méritos, establece que tras la notificación con la resolución de inhabilitación, en un plazo de 48 horas el postulante deberá presentar sus pruebas de descargo.
Posterior a esto, la Secretaría de Cámara la remitirá al Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) para su respectivo análisis y elaboración de informe técnico que será elevado en el plazo de 24 horas a la Sala Plena del Tribunal Electoral correspondiente para su consideración.
En caso de que la denuncia sea improbada se determinará el archivo de obrados y el postulante continuará en carrera. En caso de que sea probada, se aplicarán las sanciones establecidas en el reglamento, que es la inhabilitación definitiva.
MÉRITOS
Soruco se presentó en la primera convocatoria para la preselección de postulantes, obtuvo una valoración total de 62 puntos en la fase de calificación que desarrolló la Comisión Mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa en coordinación con el Sistema Universitario: 26.5 puntos en la evaluación curricular, 20 puntos en la evaluación escrita y 15.5 en la entrevista, logrando acumular los 62 puntos que viabilizaron su elección por el Legislativo.
Su hoja de vida, que fue presentada a la Asamblea Legislativa, resalta su formación académica con siete diplomados en Derecho Constitucional, Penal y Tributario y una maestría en ciencias penales y criminológicas.
Desempeñó funciones como asesor legal en diferentes instituciones públicas y privadas del Beni: tal es el caso de la Policía Boliviana, Gobierno Municipal de San Javier-Beni, asesor jurídico en la Corporación del Seguro Social Militar (Cossmil).
Además es docente de pregrado y postgrado en materia de derecho en la Universidad Gabriel René Moreno (Ugram) en Santa Cruz, y en la Universidad Tecnológica Privada De Santa Cruz (Utepsa).
MÁS DENUNCIAS
Por otra parte, Uriona manifestó que en la ciudad de Santa Cruz se presentaron también dos denuncias de oficio, por presuntas vulneraciones a lo previsto en el Reglamento de difusión de méritos.
En el caso de la denuncia presentada por el diputado de Unidad Demócrata (UD), Wilson Santamaría y Shirley Franco, fue devuelta porque no cumplió con el procedimiento correspondiente.
“En el caso del Tribunal Supremo, se recibió una denuncia de los diputados (de oposición) la misma ha sido devuelta, ya que tiene que ser presentada en el Tribunal Departamental, donde se gestiona el procedimiento, el Tribunal Supremo Electoral se convierte en segunda instancia de apelación”, puntualizó.