Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 07 de noviembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
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La jefa de bancada del oficialismo en el Senado, Nélida Sifuentes, sostuvo ayer que si el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechaza el recurso para la reelección del presidente Evo Morales, el Movimiento Al Socialismo (MAS) tiene otras alternativas para lograr ese cometido, como reformar la Constitución Política del Estado (CPE) con los dos tercios que ostenta el masismo en el Legislativo.
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El MAS dice que puede modificar CPE con sus 2/3 en el Legislativo
En el oficialismo explican que esa vía requiere una consulta. 'No tiene atribución la Asamblea para hacer reformas parciales sin referendo', dijo un diputado.
martes, 07 de noviembre de 2017
Página Siete / La Paz
La jefa de bancada del oficialismo en el Senado, Nélida
Sifuentes, sostuvo ayer que si el Tribunal Constitucional Plurinacional
(TCP) rechaza el recurso para la reelección del presidente Evo Morales,
el Movimiento Al Socialismo (MAS) tiene otras alternativas para lograr
ese cometido, como reformar la Constitución Política del Estado (CPE)
con los dos tercios que ostenta el masismo en el Legislativo.
"Estamos esperando al TCP, pero si falla tenemos otras tres
opciones, que también están en la Constitución y jurídicamente
respaldadas, como el modificar el artículo en la Asamblea Legislativa
Plurinacional (ALP) con nuestros dos tercios, llamar a una nueva
Asamblea Constituyente y por último un nuevo referendo”, expresó
Sifuentes, cuyas declaraciones fueron difundidas por Radio Fides Loyola
de Sucre.
Consultado al respecto, David Ramos, jefe de bancada del MAS en
Diputados, indicó a Página Siete que si el fallo del TCP es negativo, el
MAS asumirá una "decisión orgánicamente” con el fin de concretar la
fórmula para lograr la habilitación de Morales para los comicios de
2019.
"Seguramente buscaremos dentro de las cuatro alternativas que
tenemos (ver cuadro adjunto). Al margen de esas, buscaremos otras
alternativas, pero eso será al tomar una decisión en el ámbito y en el
escenario estrictamente orgánico”, manifestó Ramos.
El diputado masista Víctor Borda explicó a este matutino que
cualquier modificación parcial de la CPE requiere de una consulta
ciudadana. "No tiene atribución la Asamblea para hacer reformas
parciales sin referendo. La condición sine qua non es que haya
referendo”, explicó el legislador.
En el artículo 410 de la Carta Magna se establece que la "reforma
parcial” de la Constitución podrá iniciarse por la Asamblea
Legislativa, mediante ley de reforma constitucional, aprobada por dos
tercios del total de los miembros presentes del Legislativo. No
obstante, en ese mismo artículo se indica que cualquier reforma de ese
tipo "necesitará referendo constitucional aprobatorio”.
El 18 de septiembre, el masismo presentó un recurso ante el TCP
para que esa institución declare la inaplicabilidad de cuatro
artículos de la Constitución, que limitan el tiempo de mandato del cargo
de presidente. El 29 septiembre, el Tribunal Constitucional admitió el
recurso del MAS.
El presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, informó ayer que para
el 13 de diciembre está previsto el inicio de vacaciones en esa
institución. Por ello -informaron medios de Sucre- "los magistrados
están preparando los fallos en trámite para resolverlos hasta esa fecha y
los inventarios para entregar a los nuevos magistrados en enero de
2018”.
Las alternativas
- Cuatro vías El 17 de diciembre de 2016, el Movimiento Al Socialismo aprobó cuatro alternativas para lograr la habilitación del presidente Evo Morales para las elecciones de 2019, puesto que la Constitución Política del Estado se lo impide.
- Las fórmulas Las cuatro vías son : 1) Reforma parcial del artículo 168 de la Constitución Política del Estado, mediante iniciativa ciudadana, con la recolección de firmas. 2) Una reforma constitucional parcial del artículo 168 de la Carta Magna, aprobada mediante ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional por dos tercios de votos (vía requeriría de un referendo). 3) La habilitación por renuncia del Presidente y 4) La habilitación mediante interpretación de la Constitución.