Medio: La Patria
Fecha de la publicación: jueves 15 de noviembre de 2018
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones en Cooperativas
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De acuerdo al actual presidente del Consejo de Administración de Coteor, Hjalmar Portillo, ningún socio se manifestó para modificar dicha restricción, por lo que fue aprobado en grande y en detalle.
"Yo entiendo que básicamente esto es para evitar que se tenga ventaja de algún posible candidato que desee postularse al ejercicio de algún consejo de la cooperativa sobre un asociado que no tiene estas condiciones", añadió.
De acuerdo al artículo 281 ter. (Discriminación), del capítulo V (Delitos contra la dignidad del ser humano) de la Ley 045, Ley contra el Racismo y toda forma de discriminación: La persona que arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restrinja, menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos, por motivos de sexo, edad, género, orientación sexual e identidad de género, identidad cultural, filiación familiar, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, opinión política o filosófica, estado civil, condición económica o social, enfermedad, TIPO DE OCUPACIÓN, grado de instrucción, capacidades diferentes o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia regional, apariencia física y vestimenta, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a cinco años.
REGLAMENTO
El reglamento fue aprobado en primera instancia en grande y luego en detalle ante el notorio cansancio de los socios que se dieron cita a partir de las 18:30 horas y se quedaron hasta aproximadamente las 22:00 horas.
Este reglamento consta de 46 artículos y dos normativas, una transitoria única y una final única.
Se contó con una importante participación de socios, llegando a quedar colmado el anfiteatro designado para la asamblea.
"La aprobación permite que las elecciones se realicen sin ningún impedimento, puesto que este era un requisito que tiene el Tribunal Electoral en su reglamento de administración de los procesos electorales como de la revisión", señaló Portillo.
En la asamblea, la presidenta del Consejo de Vigilancia, Sonia Saavedra, observó la falta de imparcialidad del reglamento, asimismo, el vicepresidente de este Consejo, Juan Laura, señaló que el documento no está adecuado a la normativa legal, ya que se debió haber elegido a un socio de base para la redacción del reglamento y no ser elaborado solo por los miembros del Consejo de Administración, aspecto que se pidió sea anotado en el acta redactado por el Notario de Fe Pública designado, asimismo, varios socios manifestaron su disconformidad y solicitaron la modificación en algunos artículos.