Medio: La Razón
Fecha de la publicación: jueves 08 de noviembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"En realidad lo que es determinante son las resoluciones que declaran los resultados (del referéndum), entonces ese es el antecedente legal que tiene que estar inserto en lo que va a ser el debate para el proceso de habilitación dentro de la Sala Plena (del TSE)", sostuvo en el programa Hora 23 de la Red Bolivisión, al ser consultado sobre el contenido del spot difundido.
¿Sobre qué se decidirá el 21 de febrero?, dice una voz en off al inicio del video que luego pasa a explicar qué se votará en esa fecha y la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) para permitir la repostulación.
"En caso de ganar la opción Sí, se aprueba la reforma del artículo 168 de la Constitución; eso implica que los actuales mandatarios podrían postularse como candidatos en las elecciones generales de 2019. En caso de ganar la opción No, se rechaza la reforma del artículo 168 de la Constitución, esto implica que los actuales mandatarios no podrán postularse como candidatos en las elecciones de 2019. En tu voto está la decisión", se escucha en el audio del video.
El expresidente Jorge Quiroga urgió al TSE actuar en coherencia a lo que fija el videoclip con el que se invitó a la ciudadanía a sufragar en la consulta ciudadana que se conoce como 21F en la que el No se impuso con el 51,3% de los votos sobre el Sí que obtuvo el 49,7%.
Un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en 2017, habilitó la repostulación de Morales, apoyado en el derecho a elegir y ser elegido del Pacto de San José de Costa Rica. (09/11/2018)