Medio: ANF
Fecha de la publicación: miércoles 07 de noviembre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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“Ha procedido al rechazo del recurso interpuesto por el señor Quispe, por los requisitos y por lo que establece las atribuciones del Tribunal a través de su comisión de Admisión, es decir rechazar por requisitos formales”, dijo el magistrado Gonzalo Hurtado.
Los diputados Wilson Santamaría y Rafael Quispe que presentaron la acción abstracta de inconstitucionalidad calificaron de “irresponsable” las declaraciones del magistrado, porque que ninguno de los accionantes fueron notificados con la resolución de rechazo.