Medio: El Deber
Fecha de la publicación: sábado 02 de diciembre de 2017
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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Penalidades
Núñez detalló que los ciudadanos que estén registrados para votar y no lo hagan injustificadamente serán penalizados con el 25% de un salario mínimo nacional, que equivale a Bs 500, además, no van a tener el certificado de sufragio que se exige durante 90 días posteriores al proceso eleccionario para hacer transacciones bancarias, para emitir pasaporte y también para acceder a cargos públicos. “Se verían seriamente perjudicados si es que alguna persona está inscrita en el padrón biométrico y no ejerce ese derecho”, concluyó.
De igual forma para los que fueron sorteados jurados electorales, si no cumplen con su labor en sus respectivas mesas, además de la multa de Bs 800 que deberán pagar, para el próximo proceso eleccionario de 2019 van a quedar inhabilitados, como establece la normativa.
Excusas
Quienes por motivo justificado (viaje, enfermedad o hecho fortuito) no hayan acudido a votar tienen treinta días posteriores a las elecciones para presentar sus excusas en el órgano electoral, donde se van a emitir los certificados de impedimento de sufragio, solo tienen que presentar una prueba (por ejemplo una fotocopia del pasaje o del certificado médico).
Con eso se le va a entregar el certificado de impedimento de sufragio, el mismo es gratuito y el trámite es personal. El presidente del TED recomendó no afanarse por hacerlo inmediatamente porque se hacen aglomeraciones. “Todos piensan que solo hay dos o tres días para hacer el trámite, aclaramos que se va a entregar ese certificado desde el 4 de diciembre hasta el 3 de enero de manera continua, en horario de oficina y habrá como cinco ventanillas para atender a la población que de manera justificada no haya podido votar”.
Solo carné para votar
El único requisito para votar en estas elecciones judiciales del 3 de diciembre es presentar la cédula de identidad vigente, no se recibirá pasaporte, RUN, ni libreta del servicio militar, tampoco fotocopia del carné. Eso sí, se podrá votar presentando la cédula vencida, pero máximo con un año.
Democracia
A 24 horas de las elecciones judiciales, las principales autoridades del órgano electoral recuerdan a la población de que este año se celebran 35 años de la recuperación de la democracia en el país, que es un patrimonio de los bolivianos, por lo tanto, hay que ejercer el derecho político de votar y elegir a las autoridades judiciales mediante el voto.
ESTÁ PERMITIDO
Voto asistido
Si hubiese personas con alguna capacidad diferente, está permitido el voto asistido, es decir, que el elector puede entrar con un familiar al recinto reservado, también un jurado o alguien de la fila le puede acompañar. Lo que no se puede es inducirlo a cómo votar.
Carné vencido
Se puede votar presentando el carné vencido, pero con máximo de un año. La cédula de identidad, es el único documento permitido para las elecciones de mañana.
Tres tipos de voto
Se puede optar por los tres tipos de voto que son los que contabiliza el órgano electoral: el voto válido, que es el que elige a las autoridades (se marca con una x o con un signo de aprobación), también está el voto blanco, que es el que no consigna ningún marcado y por último el voto nulo, que es cuando la papeleta tiene marcas fuera de los lugares especificados.
LAS PROHIBICIONES
Bebidas alcohólicas
Se prohíbe desde el viernes hasta el mediodía del lunes expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento, público o privado.
ARMAS
No está permitido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas. Quedan excluidas de esta prohibición las fuerzas encargadas de mantener el orden público.
Reuniones
Hay que abstenerse de realizar manifestaciones, reuniones o propaganda política en las proximidades de las mesas de sufragio o dentro de los plazos establecidos por la ley de auto de buen gobierno.
Acarreos
Se prohíbe el traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte en todo el departamento. En caso de presentarse este hecho se remitirán antecedentes al Ministerio Público.
transitar en movilidades
No puede darse la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público que no exhiban la autorización extendida por el Tribunal Electoral Departamental.
Viajes
Quedan absolutamente prohibidos los viajes interprovinciales e intermunicipales. Esta prohibición no alcanza a los funcionarios del órgano electoral o de las fuerzas de seguridad.
Publicar el voto
El voto es secreto por eso que se entra a un recinto reservado para emitirlo, por lo tanto no se lo puede publicar. No está permitido ingresar con cámara, tabletas o celulares para tomar fotos del voto, tampoco mostrar la papeleta luego de votar.