Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: martes 30 de octubre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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“No existe argumento alguno para considerar la posibilidad de no cumplir una sentencia constitucional, esto es vinculante en el Estado Plurinacional donde las sentencias del TCP se cumplen”, aseguró el magistrado.
Explicó que una sentencia constitucional, por mandato del artículo 203 de la CPE es vinculante y de cumplimiento obligatorio, “consiguientemente su carácter vinculante implica a todos los órganos e instituciones del Estado y que por el principio de supremacía constitucional también a todos los ciudadanos del Estado”, apuntó.
Ceballos es el único magistrado que desde que salió en defensa de la sentencia constitucional que firmaron los anteriores magistrados, en la que definieron la repostulación indefinida del Presidente, sin considerar los resultados del referéndum constitucional de febrero de 2016 en el que la mayor parte del pueblo boliviano rechazó la posibilidad de que tanto Morales como Álvaro García Linera se repostulen a sus cargos.