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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: miércoles 31 de octubre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Con motivo de dos acefalías existentes en el Órgano Electoral, la Asamblea Legislativa se está complicando más de lo debido. El tema cuenta al presente con las disposiciones legales para la resolución de casos como éste, sin mayores complicaciones. Para empezar, no hay necesidad de que el Legislativo convoque a la única vocal suplente que no renunció como lo hicieron los demás, sino que es una medida interna que corresponde al propio Tribunal Supremo Electoral. Tampoco cabe preocupación alguna por el quórum para la toma de decisiones del mismo, porque al presente permanecen 5 vocales sobre 7.
Cosa diferente es que la vocal suplente no renunciante se desempeña como notario, cargo irrecusablemente de carácter público por conllevar la fe del Estado en todos los actos públicos y privados que requieran esa intervención. En criterio de la Presidenta de la Cámara Baja no sería el caso porque esa función no es remunerada por el Estado. Asimismo, según la misma fuente el Legislativo autorizará que en adelante los suplentes puedan desempeñar funciones públicas, cosa expresamente prohibida en la legislación vigente. Se alega que todos tienen derecho al trabajo.
Si como parte ineludible de la conducta del actual Órgano Electoral se analiza su composición, se concluye objetivamente que todos sus integrantes fueron elegidos por los dos tercios oficialistas del Legislativo, por lo que han venido respondiendo fielmente -aunque no debiera ser así- a las conveniencias del partido de Gobierno. La salvedad sería que el nombramiento del vocal Antonio Costas se debió a su conocimiento técnico y experiencia en materia electoral y afines, y en cuanto a la ex Presidenta del OEP, más o menos su designación se originaría en parecidas razones.
La actuación del conjunto obedeció siempre a las directivas señaladas, destacando la incorporación de las controvertidas primarias electorales en la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), de cuya medida -mucho antes de su sanción- fue interiorizado el presidente Morales en dos oportunidades, reconocidas inclusive por el mismo. Aviso del que sacó buen beneficio el MAS, procediendo con mucha anticipación a la inscripción de militantes, conocedor como se hallaba de las elecciones primarias. Esta previsión lejos de haber sido espontánea del OEP, por decirlo de algún modo, fue premeditada para direccionar la cuarta reelección del binomio oficial, dando a propósito a las primarias nada menos que carácter vinculante.
La renuncia de Katia Uriona, aun siendo sincera con sus principios, se efectúa para quedar a salvo de la muy posible “luz verde” a la nueva repostulación, hecho que de consumarse violará tanto la Constitución como el veredicto popular del 21F, baldón pesado de quien lo asuma. Sin embargo, las presiones oficialistas son muy claras y hasta provenientes de viva voz vicepresidencial, en sentido de que el OEP debe limitarse a cumplir el famoso fallo del Tribunal Constitucional.