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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 30 de octubre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Expertos: Proyecto para designar vocales choca contra CPE y la ley
Ante los cuestionamientos, el senador oficialista Ciro Zabala manifestó lo siguiente: “Estamos eligiendo vocales para garantizar los procesos electorales”.María Carballo / La Paz
La Comisión de Constitución del Senado aprobó ayer el proyecto de ley que permite la habilitación de una vocal suplente como titular y dispone que el Legislativo designe vocales con el fin de llenar las acefalías en el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
No obstante, esa propuesta normativa va en contrasentido de lo que establece la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley 018 del Órgano Electoral, según expertos.
El artículo 236 de la CPE señala que está prohibido que un funcionario desempeñe “simultáneamente más de un cargo público remunerado a tiempo completo”. El artículo 48 de la Ley 018 establece que “los vocales suplentes no podrán ser parte de la función pública”.
Sin embargo, el primer artículo de la propuesta normativa -que será tratada hoy en la Cámara Alta- dispone la modificación de la Ley del Órgano Electoral, para que los vocales suplentes, mientras no ejerzan la titularidad, puedan ocupar cargos públicos.
El tema cobra relevancia debido a que tras la renuncia de dos vocales correspondería que la vocal suplente Lidia Iriarte asuma como titular, ya que es la única sustituta que queda (otros cinco suplentes dimitieron). No obstante, Iriarte es notaria.
“El Legislativo no puede torcer esto. La señora (Iriarte) optó por ser notaria y perdió su condición de vocal ”, explicó el constitucionalista Carlos Bohrt.
El segundo artículo prevé que la Asamblea Legislativa designe a los vocales titulares y suplentes para completar acefalías en el ente electoral. No obstante, la Ley 018, en el artículo 47, establece que el Legislativo puede nombrar a los vocales suplentes como titulares en caso de que “de manera permanente no se pueda constituir quórum”.
El exvocal de la Corte Nacional Electoral, Jorge Lazarte, indicó que el proyecto de ley contradice lo definido en la Ley 018. “Son cinco de siete vocales, hay el quórum. No siempre se necesita la mitad más de uno de sus miembros. A veces el quórum es la mitad más uno de los presentes”, afirmó.
Reacciones políticas
El senador Arturo Murillo, el único opositor que estuvo presente en la sesión de comisión de la Cámara Alta, señaló que la CPE no le permite al Legislativo “en ninguna parte” habilitar a un vocal suplente como titular, salvo el caso especial.
“La Constitución le da el mandato a nombrar seis titulares y seis suplentes, los cuales ya fueron nombrados; y sólo el TSE puede nombrar un titular de un suplente cuando falte quórum, que no es el caso porque tiene cinco (vocales)”, sostuvo.
El senador oficialista, Ciro Zabala, dijo que el TSE puede elegir a su directiva, pero que el Legislativo tiene la facultad de designar vocales. “Aunque haya el quórum, nadie puede garantizar los procesos electorales, porque tendrían que garantizar que nadie más renuncie. Estamos eligiendo vocales para garantizar los procesos electorales”, afirmó.
Punto de vista
Carlos Bohrt, Constitucionalista
“Quieren tener el control del TSE”
Lo que seguramente está buscando el Legislativo es asegurar el control absoluto. En el MAS quieren tener el control del TSE para que no quede duda alguna de que el Órgano Electoral pueda llevar a la práctica todo su diseño para la campaña electoral y garantizar, así sea con fraude mantener el poder. Esa es la razón de fondo que explica esta ley violatoria del ordenamiento jurídico, violatoria de los principios de la seguridad jurídica y otras vulneraciones más que encierra todo lo que está haciendo el MAS.
Porque no hay apuro, ningún apuro de elegir vocales o cubrir acefalías. El TSE en este momento tiene el quórum.