Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 24 de octubre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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"La oposición cuando gana, le gusta la institucionalidad, pero cuando pierde, vilipendia. Esos vocales son las mismas personas que en 2015 llamaron masistas, pero los opositores hoy acusan que otra vez completaremos esos vacíos en el Tribunal Electoral con masistas", reprochó esta jornada la titular de la Cámara Baja, Gabriela Montaño.
La autoridad manifestó que "esta modificación a la Ley del Órgano Electoral permitirá que los vocales suplentes que elija la Asamblea Legislativa Plurinacional a partir de ahora puedan mantenerse en su función porque no tendrán esta dificultad" de trabajar dentro de la función pública.
Sin embargo, "no podrán ser autoridades electas, embajadores, personal diplomático, ministros y viceministros", con la finalidad de mantener la independencia en el ejercicio de sus labores. Antes del mencionado proyecto, los vocales suplentes no tenían acceso a ejercer cargos públicos.
La Constitución Política del Estado (CPE) prevé en el parágrafo IV del artículo 206 que “la elección de los miembros del Órgano Electoral Plurinacional requerirá de convocatoria pública previa y calificación de capacidad y méritos a través de concurso público”
Finalmente, Montaño anticipó que en las próximas horas el proyecto será avalado por Diputados y luego pasará al Senado. El proyecto de ley tiene el objetivo de completar las vacancias de dos vocales titulares y seis suplentes.