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Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: miércoles 24 de octubre de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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El Proyecto de Ley modifica el parágrafo 3 del artículo 48 de la Ley del 018 del OEP, que dice: “Las Vocales o los Vocales Suplentes no podrán ser parte de la función pública, con excepción de la docencia universitaria”.
El texto modificado dice: “Las y los vocales suplentes, en tanto no sean habilitados como titulares, podrán ejercer la función pública, excepto en el caso de cargos electivos, designaciones en cargos de mandato fijo y designaciones como ministros, viceministros y personal diplomático y consular”.
Este cambio se propone porque de los siete vocales suplentes elegidos por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), seis renunciaron; según explica la Cámara de diputados, la renuncia se da porque “los vocales suplentes no tenían acceso a ejercer cargos públicos, razón por la que su economía familiar se veía afectada en los casos de quienes no se dediquen a actividades privadas”.
El proyecto también establece que, de manera excepcional y transitoria, se designará como miembro titular del TSE a la única vocal suplente habilitada, Lidia Iriarte Torrez, hasta completar el periodo del mandato de los vocales del TSE, que fenece el 8 de julio de 2021.
“Se designará como vocal titular a la única vocal suplente que ya paso por el proceso de preselección, se deberá respetar esa su posición de suplente y se la habilitará como titular en primera instancia”, explicó la presidenta de Diputados, Gabriela Montaño.
La Ley 018 determina que no es necesario habilitar a los vocales suplentes a menos que la Sala Plena no tenga el quórum necesario, para lo que se necesita cuatro vocales, al momento hay cinco habilitados. Cuando José Luis Exeni presentó su renuncia al TSE, la única vocal suplente que queda, Lidia Iriarte Tórrez, demandó al Legislativo su incorporación. Pero la petición fue desestimada por la ALP.
El Proyecto también adelanta que la ALP encontrará una metodología para seleccionar a nuevos vocales que cubran las vacantes. Sobre el tema, Montaño precisó que la ALP tiene la atribución constitucional de elegir a los vocales del TSE.
“Luego de que aprobemos este Proyecto de Ley por cámaras separadas, la Asamblea se reunirá y obedecerá ese mandato de ley completando todas esas acefalías, buscando la mejor metodología”, aseguró Montaño.