Medio: El Diario
Fecha de la publicación: martes 23 de octubre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Según el artículo 20 de la Ley 018 del Órgano Electoral, una de las causales de la conclusión del mandato de un vocal es la “renuncia presentada ante la instancia encargada de su designación. Toda renuncia tiene carácter definitivo y sus efectos se producen a partir de su presentación”.
El artículo 12 de la misma norma señala que el TSE está compuesto por siete vocales, de los cuales al menos dos serán de origen indígena originario campesino y tres serán mujeres.
¿Qué ocurre con 5 vocales?, fue la consulta planteada al exvocal del TSE, Ramiro Paredes, quien indicó que la reducción en el número de vocales no incide en la toma de decisiones. Los cinco en ejercicio pueden tomar determinaciones.
“De los cinco la mayoría serian tres, entonces con tres se toman las decisiones”, explicó Paredes
En caso de los vocales titulares no lleguen a un quórum, recién interviene el suplente que debe ser convocada por el Presidente o el Vicepresidente del TSE. “El suplente percibe un sueldo por sesión”, argumentó Paredes.
Ayer, EL DIARIO trató de contactarse con alguno de los vocales del TSE para consultar sobre la reestructuración de la Directiva, sin embargo, ninguna de las autoridades contestó su celular.
Este movimiento en el TSE se da días después del lanzamiento de la convocatoria a Elecciones Primarias, mismas que se realizarán el 27 de enero de 2019 y en plena época prelectoral.