Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: sábado 06 de octubre de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“Todos los ciudadanos bolivianos tienen derecho a votar (...) Nuevamente por Evo Morales y él tendría derecho a ser elegido una, dos o tres veces, toda vez que el artículo 23 de la Convención no establece limitaciones de ninguna índole”, manifestó.
La exautoridad de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en declaraciones efectuadas en la ciudad de Santa Cruz, dijo que si bien el artículo 168 de la Constitución boliviana señala que el período del mandato presidencial es de cinco años y la reelección por una vez de manera continua, no es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su artículo 23 reconoce los derechos políticos.
El mencionado artículo señala: “Todos los ciudadanos deben gozar de los diferentes derechos y oportunidades; de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas realizadas por sufragio universal igual o por voto secreto que garanticen la libre expresión de la voluntad de los electores”.
Fundamentos
Para el jurista, las limitantes están referidas en el tratado y tienen que ver con razones de edad, nacionalidad, residencia, incapacidad civil, mental o por la sentencia dictada por una juez, los que no se aplican en el caso de Morales.
“El tratado en ninguna parte establece una limitación a que el Presidente sea elegido una vez más por voluntad del pueblo soberano”, añadió.
En esa dirección, Rey Cantor señaló que la Constitución boliviana está sometida a los tratados internacionales de derechos humanos y es de carácter vinculante.
De manera puntual, el artículo 256 de la Constitución establece que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados y ratificados por el Estado boliviano “se aplicarán de manera preferente sobre ésta”.
“Es decir, expresa su voluntad de que en un momento dado de conflicto normativo entre la Constitución y un tratado como la Convención, dicho tratado tiene aplicación preferente y sobre la misma Constitución”, recalcó.