Medio: El Día
Fecha de la publicación: domingo 07 de octubre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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A propósito del tema, se ha conocido en los últimos días una declaración oficial que bien podría calificarse de pintoresca (por no decir absurda o ingenua), si no hubiera causado – como era de esperar - una justificada molestia en la opinión pública que resultó sorprendida por lo que el Vicepresidente dijo: “En el referendo del año 2016 hubo un empate – manifestó en tono sibilino hace poco la mencionada autoridad – un empate democrático en términos reales y ese empate democrático debe resolverse con un desempate democrático, y el desempate democrático se va a dar en el año 2019”. Esta es la versión que registra la prensa, y el lector, o cualquier ciudadano, estará de acuerdo con que el resultado de una consulta popular, como la del 21 de febrero, fue el triunfo de la democracia sobre las pretensiones prorroguistas del régimen de gobierno y no hay ni habrá hecho ni argumento político o jurídico que desvirtúe esta verdad, menos aún que la soberbia gubernamental subestime la voluntad del pueblo.
Y en esta cuestión de índole político-electoral que alguna vez hemos abordado, es pertinente señalar que el TSE ha aprobado (o ha deslizado más bien), dentro de su reglamento para las elecciones primarias destinadas a definir las candidaturas a la presidencia y vicepresidencia, que tendrán lugar en enero de 2019, una norma por la que solo los militantes del partido respectivo podrán denunciar o demandar la inhabilitación de un candidato presidencial. Esta previsión que parecería buscar cierta racionalidad y seriedad en las impugnaciones a candidatos, resulta más bien contraproducente porque servirá para coartar la libertad de opinión y, con ello, desconocer el derecho ciudadano de emitir libremente sus ideas.
Pero no solo eso, sino que este artículo que dispone tal limitación busca sobre todo proteger y garantizar la candidatura oficial (totalmente inconstitucional) encabezada por el actual Presidente, lo que significa infringir normas constitucionales y éticas a fin de que no sea observada dicha candidatura. En todo caso, esperemos (con escepticismo tal vez), que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) vuelva al cauce democrático y al de la legalidad para actuar con independencia. Y al parecer así lo ha hecho - según última versión informativa del vicepresidente del Órgano Electoral – pues aclara que los ciudadanos podrán impugnar candidaturas en las primarias. Habrá que convenir entonces que el Órgano Electoral busca someterse a la Constitución y abre la esperanza de que aplique el art. 168 de la CPE para las elecciones del 2019.