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Medio: Jornada
Fecha de la publicación: domingo 30 de septiembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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“En mi caso, como se expresó ayer en la nota de prensa, mi persona planteó su disidencia al Reglamento en su conjunto, ya que el mismo incluye artículos centrales con relación a los cuales existieron posiciones diferenciadas al interior del TSE”, explicó, citada en un boletín institucional.
Agregó que la Sala Plena del Tribunal Electoral realizó varias sesiones para tratar el reglamento y en esos “espacios, diferentes vocales (también) expresaron su disidencia en relación a alguno de estos artículos”, remarca la nota.
La Sala Plena del TSE aprobó en varias sesiones los artículos del Reglamento, espacios en los cuales los vocales expresaron disidencias con relación a alguno de estos artículos,
La observación de Uriona se centró en el artículo 40 del reglamento porque otorga la posibilidad de presentar las demandas de inhabilitación de candidatos o binomios presidenciales sólo a los militantes de los partidos o agrupaciones políticas que participarán en las elecciones del 27 de enero de 2019.
Remarcó “planteé mi desacuerdo con relación al artículo 40, referido a las demandas de inhabilitación, limitando este derecho únicamente a la militancia”, sustentó.
La aclaración de la Presidenta del TSE surgió porque el artículo 40, en particular, generó críticas de parte de la oposición, puesto que restringe a la ciudadanía común la posibilidad de presentar una impugnación. Además, porque significa que sólo militantes de MAS podrán pedir la inhabilitación de Evo Morales, cuya postulación está en debate por el referendo del 21 de febrero de 2016.