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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: sábado 29 de septiembre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el Reglamento Específico de las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019 con la disidencia de su presidenta Katia Uriona.
Sin definir causales de inhabilitación de manera concreta, establece que las impugnaciones a los candidatos sólo las podrán presentar los militantes de la misma organización política. Señala que los resultados de las primarias podrán ser revertidos sólo en caso de enfermedad gravísima o incumplimiento de requisitos la Constitución y las leyes.
El documento aprobado para el desarrollo de este proceso el domingo 27 de enero de 2019, limita la participación a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas de alcance nacional y/o alianzas, que cuenten con personalidad jurídica. Asimismo, se indica que las primarias, que es cerrada para militantes, son de carácter obligatorio, simultáneo y vinculante para las Elecciones Generales de 2019.
El reglamento precisa que si bien sólo las militancias pueden votar en las Elecciones Primarias, los candidatos para los binomios presidenciales pueden ser invitados externos a la organización política.
Sin embargo, lo que llama la atención es que, si bien en el proceso de inscripción de los binomios se establecen algunos requisitos, no establece prohibiciones y limita las inhabilitaciones dentro del partido u organización política.
Las demandas de inhabilitación serán presentadas ante el TSE junto a una prueba que demuestre la existencia de alguna causal de inhabilitación establecida en la CPE.
Los resultados de las Elecciones Primarias sólo podrán ser revertidos si se produjese la muerte de uno de los candidatos ganadores del binomio presidencial, se comprobase una enfermedad gravísima o por incumplimiento de requisitos establecidos en la Constitución y la Ley, verificados previo a las Elecciones 2019.
De presentarse esta situación, la organización política podrá sustituir la candidatura por decisión de su instancia orgánica hasta el día de la inscripción de candidaturas.
URIONA OBSERVÓ EL REGLAMENTO
La presidenta del TSE, Katia Uriona, expresó su disidencia en la aprobación de todo el documento debido a que el proceso de inhabilitación es limitado sólo a militantes de la agrupación en la que existe observación.
“Se expresaron disidencias, referidas a aquellos artículos en los cuales se planteó la imposibilidad de registros de candidatas y candidatos en más de un binomio, así como a la restricción de la posibilidad de que la ciudadanía pueda plantear demandas de inhabilitación, limitando este derecho únicamente a la militancia”. Uriona resaltó que por estas razones declaró su disidencia al Reglamento.
LA OPOSICIÓN VE UNA TRAMPA EN LA REGLAMENTACIÓN DE LAS PRIMARIAS
REDACCIÓN CENTRAL
“Ahí está la trampa. Mucho descaro de este Órgano Electoral”, señaló el diputado Wilson Santamaría (UD) respecto al artículo 40 del Reglamento para las elecciones primarias, que limita sólo a los militantes al posibilidad de hacer impugnaciones a los candidatos.
Las primeras impresiones de la oposición respecto a la norma aprobada por el Tribunal Electoral fueron de duda.
La diputada Shirley Franco (UD), apuntó que este requisito es “llamativo”.
En otros aspectos, el TSE entregará a cada partido o alianza participante el listado de militantes para emitir su voto 45 días antes de la votación.
Las organizaciones políticas que estuvieran tramitando la actualización de sus padrones de militancia deben presentar los libros como máximo hasta noventa y cinco días antes de la votación.
Los militantes pueden renunciar a su militancia, a fin de no ser habilitados para participar en las Primarias hasta 60 días antes de la votación.
Asimismo, los partidos políticos participantes deberán acreditar delegadas y delegados de mesa y el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) designará secretarias y secretarios técnicos para cada una de las mesas, con la finalidad de garantizar el desarrollo de la votación durante la jornada electoral.
Los partidos que decidan participar en alianza deberán solicitar su inscripción hasta 75 días antes de la votación y podrán postular candidatos o candidatas, aunque éstos no tengan militancia.