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Medio: El Día
Fecha de la publicación: lunes 01 de octubre de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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De acuerdo al boletín institucional al que tuvo acceso El Día, el líder de Sol.Bo recordó que esa resolución emitida por el TSE figura el voto disidente de su presidenta, Katia Uriona. Esta autoridad entregó tres páginas sustentando su posición y argumentos sobre las razones por las que Sol.Bo debería obtener su personería jurídica nacional.
"La lectura de la resolución con la cual hemos sido notificados, hemos podido confirmar que efectivamente, hay varias irregularidades en las consideraciones que ha hecho el TSE y que además, hay un voto disidente que es de la presidenta del TSE, quien no estuvo de acuerdo en que se apruebe esta resolución que rechaza nuestra personería jurídica”, afirmó Revilla.
En contexto del tema. El pasado 19 de septiembre, el TSE le negó a Sol.Bo la posibilidad de convertirse en un partido político de carácter nacional. El argumento fue que la agrupación ciudadana no logró reunir el número de firmas suficientes porque muchas de las que presentó fueron observadas. Por esta situación le fue negada su personería jurídica.
Ante esa situación, Revilla volvió a manifestar ayer que la determinación electoral atenta contra los derechos políticos de los militantes de Soberanía y Libertad que se inscribieron y tienen deseos de que su partido tenga carácter nacional.
Explicó que entre las irregularidades que se encontraron está el hecho que el tribunal no tomó en cuenta más de 12.000 firmas. De ellas 6.338 fueron excluidas porque serían militantes de Sol.Bo inscritos en 2015 y luego en 2018. Hay otras 6.980 que también fueron marginadas sin fundamento.
En caso de tomar en cuenta estas firmas, Soberanía y Libertad habría logrado más de 104.000 firmas que superan las 100.228 necesarias para obtener la personería jurídica nacional. También cuestionó la exclusión de 49 libros (equivalentes a 2.940 firmas).
“Si el tribunal hubiera tomado en cuenta 6.338 firmas de militantes de Sol.Bo que es la misma organización que se inscribió el 2015 y otra vez el 2018, hubiéramos alcanzado 104.048 firmas. De la misma forma, si el Tribunal hubiera tomado en cuenta 6.980 excluidas sin fundamento por el tribunal, bajo el rótulo de otras observaciones, hubiéramos alcanzado de igual manera 104.000 firmas que necesitamos para la personería jurídica”, dijo Revilla.
Entre otros aspectos. Por ahora el líder de Sol.Bo observó que la resolución que rechaza la personería jurídica de esta tienda política fue aprobada en un mismo día con la diferencia de minutos. El 19 de septiembre a las 17:45, la Dirección de Tecnologías y luego a las 17.47, la Dirección Jurídica aprobaron por separados esta resolución. La sesión plena del TSE habría sido a las 17:45.
“El informe de la Dirección de Tecnologías del TSE ha sido emitido el 19 de septiembre, el informe de la Dirección Jurídica fue emitido el mismo día dos minutos después, a las 17:47 y de acuerdo a los propios datos del tribunal la sesión de la Sala Plena se ha producido a las 17:45. O sea, en cuestión de dos minutos se han emitido dos informes y se ha aprobado una resolución, lo cual nos parece también una irregularidad en todo el proceso”.